GIULIANA CHIAPPE
EL UNIVERSAL
El pinchazo es inevitable al momento de optar por un trabajo: las empresas, amparadas en la ley, realizan exámenes preventivos de salud. Lo que ya no pueden hacer es pedirle al laboratorio que, entre los resultados, le informe si el candidato es portador del VIH, el virus del sida. Y mucho menos no emplearlo por esta razón.
Hacer la prueba y decidir si emplear o no a un candidato según el resultado del test sanguíneo es discriminación laboral, así lo determinó el Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales. Partiendo de ese principio, y tras numerosas reuniones y mesas de trabajo con funcionarios de la Defensoría del Pueblo y de la organización Acción Solidaria, aprobaron un dictamen, incluido en el reglamento de la Lopcymat, que prohíbe realizar tal examen. El directorio del Inpsasel lo aprobó en diciembre de 2007 y desde esa fecha se convierte en ley.
Sin embargo, ya antes habían sido prohibidos estos exámenes. Una resolución del Ministerio de Sanidad y Asistencia Social del 26 de agosto de 1994, publicada en Gaceta Oficial, ya prohibía las pruebas de detección de anticuerpos del VIH por estarse aplicando de forna discriminatoria o indiscriminada.
Sin embargo, con la aprobación de la Lopcymat, en su versión original, se permitía la realización de pruebas preventivas de salud, y aunque no incluía expresamente la del VIH, las empresas la incorporaron a las pruebas sanguíneas. Esta práctica es la que deroga el reciente dictamen.
Feliciano Reyna, presidente de Acción Solidaria, y Mauricio Gutiérrez, coordinador de Incidencia Pública, expresan que estas pruebas continúan efectuándose. Es más, son motivo para descartar a un candidato, "aunque esté más preparado que los competidores y cuando sí cumple con su tratamiento, lo que es posible en la mayoría de ciudades venezolanas, puede trabajar perfectamente, igual que cualquier persona no portadora del virus. Lo más grave es que al saber que esa persona es portadora pero puede desconocerlo, no se lo informan para que inicie su tratamiento lo antes posible", explica Reyna.
Las empresas que incumplan el dictamen y realicen las pruebas de despistaje del VIH pueden ser sancionadas. "A pesar que el aspecto punitivo no es el objetivo de las leyes, se prevén sanciones para las empresas y se insta a los laboratorios a no realizar la prueba. Además, se insiste en que el único que puede retirar los resultados es el mismo examinado", expresa Gutiérrez.
De hecho, la Organización Internacional de la Salud, en su Repertorio de recomendaciones prácticas sobre el VIH/sida y el mundo del trabajo, sugiere no realizar la prueba. Esta propuesta ha sido aceptada en la mayor parte de los países desarrollados.
fuente y foto: EL UNIVERSAL