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22 septiembre 2007

SEGURIDAD EN EL TRABAJO

En el día de la fecha, los trabajadores judiciales que cumplen funciones en la Secretarias de Suspensión del Proceso a Prueba y Exhortos Penales, ubicadas en el primer piso del edificio de calle Irigoyen 175 de la ciudad de Neuquén (Argentina), se retiraron de su lugar de trabajo, por cuanto desde hace tiempo vienen sufriendo el fuerte ruido del timbre de la cochera que funciona en la planta bajo, situación que ha sido denunciada por los trabajadores y el sindicato ante el Tribunal Superior de Justicia. También, definieron los trabajadores y la conducción sindical que de persistir este ruido en el día de mañana no ingresarían a prestar funciones.
Con la firma de Edgardo Cherbavaz -Sec. Gral- y Claudio A. Salazar -Sec. Prensa y Difusión- se le comunicó al TSJ el retiro de los compañeros del sector amparándose en lo prescripto por la Ley 20744 en su art. 75 inc. 1°.
SECRETARIA DE PRENSA: 20 DE SEPTIEMBRE DE 2007.

He aquí la nota de prensa:


NEUQUEN, 20 de septiembre de 2007.

Al Sr. Presidente del Excmo. T.S.J.
Dr. Eduardo J. BADANO
S / D Ref: Informa retención de servicios en Secretarias Suspensión
Proceso a Prueba y Exhortos Penales (Irigoyen 175 Nqn)- ____________________________________________________________________________

Tenemos el agrado de dirigirnos aUd., a fin de informarle que los empleados judiciales que prestan servicios en las Secretarías de Suspensión del Proceso a Prueba y Exhortos Penales de la Primera Circunscripción Judicial, se retiraron de su lugar de trabajo en el curso de la mañana de hoy, en función de que el fuerte ruido generado por el timbre de la cochera –que funciona en la planta baja del edificio de Irigoyen 175- impide el normal desarrollo de la jornada laboral.
En efecto, esta situación ha sido denunciada por los trabajadores del sector, los funcionarios del área y por el Sindicato ante el Tribunal, pero hasta el momento no se ha tenido ninguna respuesta a los planteos tendientes al cambio del sistema de señalización de entrada y salida de vehículos del lugar; situación que favorecería al normal desarrollo de la jornada laboral, por cuanto el fuerte ruido perjudica a los empleados, funcionarios y público en general que asiste a las oficinas mencionadas.
Por lo expuesto, y en salvaguarda de la salud de los trabajadores del sector, el sindicato ha dispuesto la Retención de Servicios hasta tanto se normalicen las condiciones del entorno laboral; de conformidad con lo prescrito por la Ley n° 20744 en su art. 75, inc. 1°.
Sin otro particular, saludamos a Ud. muy atentamente.



Edgardo Cherbavaz Claudio A. Salazar
Secretario Gral Sejun -Secretario Prensa y Difusión