La dirección, gobierno y administración del Poder Judicial podrían dejar de ser competencias exclusivas del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) y pasar a ser tareas compartidas con el Ejecutivo, el Legislativo, el Ministerio Público y la Defensoría del Pueblo, de ser aprobado el proyecto de Ley Orgánica del Sistema Judicial elaborado por la Comisión de Política Interior de la Asamblea Nacional.
En el texto publicado en la web del Parlamento se crea la Comisión Nacional del Sistema de Justicia (artículo 9), la cual se encargará de coordinar los planes para la transformación de la administración de justicia, así como fomentar la cooperación y colaboración entre los órganos que forman parte de ella. También tendrá competencias en materia de elaboración del presupuesto y de las políticas de formación del personal que presta servicios en esta rama del Poder Público (artículo 10).
Esta nueva instancia, no prevista en la Constitución de 1999, estará integrada por tres diputados, uno de ellos indígena; por tres magistrados del máximo juzgado del país, entre ellos su presidenta; por el ministro del Interior, por la fiscal general de la República, la defensora del Pueblo, la procuradora general de la República y por la defensora pública, según consta en la norma 9 del borrador.
En la exposición de motivos, los legisladores justifican la creación de este órgano afirmando: "En el nuevo modelo de Estado, no se concibe al Poder Público dividido en compartimientos estancos, rígidamente separados entre sí, fragmentados y descoordinados, sino como instancias de colaboración para el logro de finalidades comunes, que no son otras que las establecidas en la Constitución"
Adelantándose a las posibles críticas en torno a la vulneración del principio de separación de los poderes públicos, los diputados recordaron que la Carta Magna, en su artículo 136, establece el principio de colaboración plena entre los poderes, el cual, según ellos, "permite establecer bases jurídico-constitucionales de la coordinación, complementación, corresponsabilidad e integración en los órganos del Poder Público que concurren y son llamados a articularse en los diferentes sistemas establecidos por el constituyente, entre los que destaca la novísima figura del Sistema de Justicia que el presente proyecto de ley pretende desarrollar".
De vuelta al pasado A simple vista esta comisión se asemeja al extinto Consejo de la Judicatura, organismo que se encargaba de la administración de los fondos del Poder Judicial, del mantenimiento de la infraestructura de los tribunales, de establecer los mecanismos de ingreso y remoción de los jueces y demás funcionarios judiciales. Los miembros de dicho ente eran designados por los magistrados de la otrora Corte Suprema, por el extinto Congreso Nacional y por el presidente de la República.
El constituyente de 1999 desechó este modelo, debido a los constantes señalamientos de intervención de los otros dos poderes en el sistema judicial; y en el texto fundamental rebautizó al cuestionado Consejo bajo el nombre de Dirección Ejecutiva de la Magistratura (DEM) y lo subordinó al TSJ.
De ser aprobado el proyecto, que hoy será debatido en primera discusión por la plenaria del Legislativo, la Comisión Nacional del Sistema de Justicia deberá comenzar a operar en los 30 días siguientes a su publicación en la Gaceta Oficial.
Asimismo el texto prevé que una Comisión de Formación e Innovación revise programas de capacitación de jueces, fiscales y demás personal que integra esa rama del Poder Público.
En el texto publicado en la web del Parlamento se crea la Comisión Nacional del Sistema de Justicia (artículo 9), la cual se encargará de coordinar los planes para la transformación de la administración de justicia, así como fomentar la cooperación y colaboración entre los órganos que forman parte de ella. También tendrá competencias en materia de elaboración del presupuesto y de las políticas de formación del personal que presta servicios en esta rama del Poder Público (artículo 10).
Esta nueva instancia, no prevista en la Constitución de 1999, estará integrada por tres diputados, uno de ellos indígena; por tres magistrados del máximo juzgado del país, entre ellos su presidenta; por el ministro del Interior, por la fiscal general de la República, la defensora del Pueblo, la procuradora general de la República y por la defensora pública, según consta en la norma 9 del borrador.
En la exposición de motivos, los legisladores justifican la creación de este órgano afirmando: "En el nuevo modelo de Estado, no se concibe al Poder Público dividido en compartimientos estancos, rígidamente separados entre sí, fragmentados y descoordinados, sino como instancias de colaboración para el logro de finalidades comunes, que no son otras que las establecidas en la Constitución"
Adelantándose a las posibles críticas en torno a la vulneración del principio de separación de los poderes públicos, los diputados recordaron que la Carta Magna, en su artículo 136, establece el principio de colaboración plena entre los poderes, el cual, según ellos, "permite establecer bases jurídico-constitucionales de la coordinación, complementación, corresponsabilidad e integración en los órganos del Poder Público que concurren y son llamados a articularse en los diferentes sistemas establecidos por el constituyente, entre los que destaca la novísima figura del Sistema de Justicia que el presente proyecto de ley pretende desarrollar".
De vuelta al pasado A simple vista esta comisión se asemeja al extinto Consejo de la Judicatura, organismo que se encargaba de la administración de los fondos del Poder Judicial, del mantenimiento de la infraestructura de los tribunales, de establecer los mecanismos de ingreso y remoción de los jueces y demás funcionarios judiciales. Los miembros de dicho ente eran designados por los magistrados de la otrora Corte Suprema, por el extinto Congreso Nacional y por el presidente de la República.
El constituyente de 1999 desechó este modelo, debido a los constantes señalamientos de intervención de los otros dos poderes en el sistema judicial; y en el texto fundamental rebautizó al cuestionado Consejo bajo el nombre de Dirección Ejecutiva de la Magistratura (DEM) y lo subordinó al TSJ.
De ser aprobado el proyecto, que hoy será debatido en primera discusión por la plenaria del Legislativo, la Comisión Nacional del Sistema de Justicia deberá comenzar a operar en los 30 días siguientes a su publicación en la Gaceta Oficial.
Asimismo el texto prevé que una Comisión de Formación e Innovación revise programas de capacitación de jueces, fiscales y demás personal que integra esa rama del Poder Público.
jalonso@eluniversal.com