PEDRO PABLO PEÑALOZA | EL UNIVERSAL
lunes 16 de abril de 2012 12:00 AM
Propuesta que revisa la AN reconoce el valor normativo de los usos indígenas
Las empresas al banquillo. El proyecto de Código Orgánico Penal Venezolano que discute la Comisión de Política Interior de la Asamblea Nacional, reconoce la responsabilidad penal de las corporaciones.
"Las personas jurídicas serán sancionadas de conformidad con las normas del presente código, en los casos en que la conducta punible haya sido cometida por decisión de sus órganos, con recursos de ésta y siempre que se perpetre en su interés o en el de sus socios o administradores. La responsabilidad de las personas jurídicas, no excluirá la de las personas naturales, que hayan intervenido en la conducta punible", reza el texto que aún es revisado por los diputados.
En junio de 2009, la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, con ponencia de la magistrada Carmen Zuleta de Merchán, estableció que "las personas jurídicas ostentan la capacidad de culpabilidad penal -imputabilidad-, puesto que la culpabilidad ya no se concibe como un juicio de reproche eminentemente personal sino como un juicio que -en tanto función social- protege preventivamente los bienes jurídicos, siendo que la tutela penal abarca a todas las personas, ya sean éstas naturales o jurídicas; aceptar lo contrario y aferrarse al principio tradicional societas delinquere non potest (las sociedades no pueden delinquir) implicaría -frente a novedosas formas de criminalidad- dotar de impunidad a los entes colectivos y convertirlos en gérmenes para la sociedad".
Bajar la santamaría
En cuanto a las posibles sanciones contra las empresas, el proyecto que se discute en la AN incluye multas y "la clausura de la entidad, sus locales o establecimientos, salvo que se trate de personas jurídicas que presten servicios públicos", al igual que "la suspensión de la autorización o concesión con que se hubiese actuado" y "la prohibición de contratar con la Administración Pública".
Igualmente, castigarían a las corporaciones con "el comiso de los efectos que provengan del delito o falta y de los bienes, medios o instrumentos con que se haya preparado o ejecutado, así como también de las ganancias provenientes del delito o falta, cualesquiera que sean las transformaciones que hubieren podido experimentar".
A los orígenes
La propuesta legal también plantea admitir los mecanismos de resolución de conflictos de los pueblos indígenas.
"Las personas pertenecientes a un pueblo o comunidad indígena que se encuentren sometidas a un proceso penal, tienen derecho a que sean considerados los usos, prácticas y tradiciones del pueblo indígena al que pertenecen, los cuales serán tomados en cuenta al momento de determinar la responsabilidad penal de las personas pertenecientes a aquéllas, junto al resto de las normas contenidas en este código", exponen en el documento.
El artículo 260 de la Carta Magna indica que "las autoridades legítimas de los pueblos indígenas podrán aplicar en su hábitat instancias de justicia con base en sus tradiciones ancestrales y que sólo afecten a sus integrantes, según sus propias normas y procedimientos, siempre que no sean contrarios a esta Constitución, a la ley y al orden público".
Paso a paso
El proyecto de Código Orgánico Penal Venezolano tiene, al menos, 924 artículos. La Comisión de Política Interior de la AN habría aprobado por consenso el primer libro, que contiene 143 disposiciones.
La bancada de la oposición ha exigido que este texto sea sancionado por el Parlamento; sin embargo, el presidente Hugo Chávez señaló en enero pasado que podía asumir su redacción y promulgarlo vía Habilitante.
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