Búsqueda personalizada

06 octubre 2009

EL COMITÉ DEPORTIVO RECREATIVO INTEGRAL DE MÉRIDA: ESTRUCTURA TARIFADA DE LA DEM

 escanear0007

MÉRIDA (CDS) A nuestro correo ha llegado lo que se hace desde el Comité Deportivo Recreativo Integral del Estado Mérida. Corresponde a una rifa que se hace desde el Comité Deportivo a los fines de RECAUDAR FONDOS PARA LA ASISTENCIA DE LAS DIFERENTES DISCIPLINAS DEL PODER JUDICIAL "I ENCUENTRO DEPORTIVO ZULIA 2009". Sorteo este que se realizará con la presencia de las autoridades del Poder Judicial, en fecha 15 de octubre de 2009 a las 3:30 pm, en la sede de la Rectoría, ubicada en Palacio de Justicia, Edificio Hermes, Piso 1. Sobre este particular se hace necesario hacer ciertas consideraciones.


Hace algún tiempo fue creada la Unidad de Deportes de la Dirección Ejecutiva de la Magistratura ; Unidad de Deportes esta que definió "Lineamientos para la ejecución de actividades deportivas y recreativas en la DEM y Poder judicial". Con dichos Lineamientos en fecha 10 de junio de 2008, en MEMORANDUM No. DGSR/2106 dirigido a la Dirección Administrativa Regional del Estado Mérida, el Director General de Servicios Regionales prohibió una actividad deportiva impulsada por el SUONTRAJ. Recordamos que señalaba el Memorandum que "...se ordena la paralización completa de dicho evento..." por cuanto se instaba "...a guiar las acciones (...) de manera apegada a los lineamientos establecidos, los cuales se estipulan para ser cumplidos y evitar este tipo de situaciones". Evento este que de modo alguno interfería con el normal desarrollo de la actividad judicial pero que además se hacía a total expensas del SUONTRAJ.


Ahora bien, como es bien conocido por todos los trabajadores del poder judicial la Unidad de Deportes de la DEM no funciona desde hace algún tiempo atrás. Los eventos deportivos realizados son de única y exclusiva competencia del aporte económico de los trabajadores del poder judicial que asisten a dichas actividades. Esto por cuanto quien se encontraba a cargo de la Unidad de Deportes fue jubilado y por esa razón no se ha cumplido más con actividades deportivas organizadas por el patrono como organismo. Señalamos esto por cuanto en el Estado Mérida, el Comité Deportivo Recreativo Integral, en los juegos a los cuales se asistió en calidad de invitados al Estado Táchira, obligaron y comprometieron a un gran número de trabajadores a los fines de adquirir un mono deportivo, una franela y una gorra. Lo grave de este asunto es la preocupación que existe por parte de este sindicato de preguntar ¿Hacia donde van dirigidos esos recursos económicos ? ¿Quién administra dichos recursos económicos si es la Dirección General de Recursos Humanos a través de la Unidad de Deportes la encargada de la planificación de actividades deportivas y recreativas en la DEM y el poder judicial ? ¿Por qué razón se utiliza el nombre del poder judicial para recabar fondos destinados a la actividad deportiva cuando la Dirección Ejecutiva de la Magistratura es el organismo competente quien debe aportar los fondos para la actividad deportiva? ¿ Por que razón se compromete y obliga a los trabajadores a adquirir uniforme deportivo para representar a un organismo el cual no patrocina el evento ?


En efecto, los "Lineamientos para la ejecución de actividades deportivas y recreativas en la DEM y Poder Judicial" no define la forma de implementación del nombre del poder judicial para recabar fondos con el estrecho sueldo de los trabajadores; siendo que el Comité Deportivo Recreativo Integral del Estado Mérida es una apendice de la DEM y en el numeral 1 de los lineamientos se señala que: "1.-La planificación de actividades deportivas y recreativas en la DEM y el poder judicial, competen única y exclusivamente a la dirección general de recursos humanos a través de la unidad de deportes"


Los mismos lineamientos señalan en el numeral sexto que " 6.-Las Direcciones Administrativas Regionales, deberán remitir su programación anual de eventos deportivos y recreativos para su revisión por parte de la Unidad de Deportes; requisito este indispensable para su ejecución. Igualmente deberán remitir las eventuales modificaciones que sufra la programación inicial a lo largo del año, así como el informe de resultados y copia de los gastos realizados que justifiquen el uso de los recursos asignados, una vez finalizados tales eventos." y el numeral octavo establece: " 8.-Las DAR recibirán un aporte presupuestario para celebrar cada una de estas actividades, conforme a la asignación anual aprobada por el director ejecutivo para la unidad de deporte. Dicho aporte será repartido proporcionalmente de acuerdo a la cantidad de funcionarios inscritos en actividades deportivas, según información maestra enviada anualmente por las DAR vía carpeta compartida." y esto es precisamente porque es a la DEM a quien corresponde otorgar y ceder los recursos para practicar la actividad deportiva en el poder judicial venezolano." Como corolario de lo anterior la DEM asume posturas acomodaticias de conveniencia.

 

Según fuentes oficiales de la DAR Mérida han señalado que el mismísimo Director Ejecutivo de la Magistratura, FRANCISCO RAMOS MARÍN, ha dado la orden a los CDRI de realizar RIFAS, GIMKANAS, SANCOCHOS, FOGATAS, TEMPLETES, VENTA DE EMPANADAS Y PASTELES, COMIDA Y BEBIDAS ESPIRITUOSAS y toda forma  alterna de reunión y venta de menudencias a los fines de recabar fondos para patrocinar eventos deportivos, pagar y cancelar DEUDAS PENDIENTES, AGUINALDOS, PRESTACIONES SOCIALES, FIDEICOMISO, VACACIONES, OBLIGACIONES CONTRACTUALES y quien sabe si SUELDOS y SALARIOS en el organismo. Según estas fuentes oficiales esta será la nueva forma de cumplir con los compromisos económicos en el poder judicial venezolano.


Como conclusión, el SUONTRAJ fiel a su misión de ejercer la Contraloría Social dentro del poder judicial venezolano, vemos con asombro y extrañeza que se realicen rifas bajo la mirada permisiva del Director Ejecutivo de la Magistratura y se autoricen este tipo de actividades para recabar fondos en el organismo, siendo que es la DEM quien debe aportar los fondos para la realización de las actividades deportivas; cuando precisamente en una situación de NO DISCUSIÓN DE CONTRATO COLECTIVO, DE PERSECUCIÓN Y DESPIDO DE TRABAJADORES Y DIRIGENTES SINDICALES DEL SUONTRAJ y de INCUMPLIMIENTO DE PAGOS ADQUIRIDOS POR PARTE DE LA DEM, entonces se hagan rifas para actividades deportivas. ¿ ES ESTA LA EXTRAORDINARIA GESTIÓN QUE SE ADELANTA DESDE LA DIRECCIÓN EJECUTIVA DE LA MAGISTRATURA ?