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11 junio 2006

Libertad Sindical y Reforma del Poder Judicial

El pasado 17 de marzo de 2006, en la sala 4 de Parque Central-Caracas se llevó a cabo el Foro “LA LIBERTAD SINDICAL Y LA REFORMA DEL PODER JUDICIAL”, donde se disertó sobre aspectos que afectan al Poder Judicial. Debemos recordar que en 1992 la Inspectoría del Trabajo del Estado Carabobo ordenó el primer reenganche de un dirigente sindical tribunalicio: el Presidente fundador del SUONTRAJ, Argenis Acuña. El Consejo de la Judicatura (hoy día DEM) acató la orden y sentó el precedente del FUERO SINDICAL en el Poder Judicial. En 1995, la Inspectoría del Trabajo del Municipio Libertador ordenó el reenganche y pago de salarios caídos de los dirigentes sindicales del SUONTRAJ Esperanza Hermida y Maria Elena Sanabria y también lo ordenó en el caso de otros trabajadores que junto a las sindicalistas fueron despedidas por una huelga en 1993. El Consejo de la Judicatura, que se había negado a acatar la orden suscribió un acta reconociendo el FUERO SINDICAL y procedió a reenganchar a los despedidos. El acta fue producto de un conflicto huelgario nacional en 1995, donde intervino la Corte Suprema de Justicia como mediador. En 1997, esta misma Inspectoría ordenó el reenganche de 3 funcionarios de seguridad del Poder Judicial que hicieron valer el FUERO SINDICAL por la negociación del 1er. Contrato Colectivo. Hoy uno de ellos labora en la DEM gracias al reenganche. En 2002, la Inspectoría del Trabajo en el Este del Área Metropolitana de Caracas, ordenó el reenganche del dirigente sindical de SUONTRAJ Oscar Romero, pero la DEM incumplió maniobrando judicialmente por 4 años con una acción de nulidad. El dirigente lleva 6 años despedido a pesar de las recomendaciones a su favor emanadas de la OIT. En el 2005, esta misma Inspectoría ordenó el reenganche de 11 trabajadores de la DEM. Actualmente, la Asamblea Nacional está mediando para el cumplimiento de este fallo. Desde el mes de noviembre de 2005, la DEM suspendió el salario de los dirigentes sindicales del SUONTRAJ Esperanza Hermida, Luis Galviz y Luis Baroni, por retaliación política debido a la organización de un conflicto por el cumplimiento del II Contrato Colectivo y las denuncias de presuntas irregularidades en el proyecto de las ciudades judiciales. El 6-2-2006 el Juzgado Superior Sexto en lo Civil y Contencioso Administrativo de caracas, declaró sin lugar la acción de nulidad de la DEM contra la orden de reenganche de 5 trabajadores, emanada de la Inspectoría del este, reestableciendo la vigencia del FUERO SINDICAL en el Poder Judicial previsto en el Contrato Colectivo.
PRENSA SUONTRAJ