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28 mayo 2013

Recusación contra Madriz y Gil fue declarada sin lugar

Jhannett Madríz | ERNESTO MORGADO
Jhannett Madríz | ERNESTO MORGADO
Con el fallo, ambos magistrados podrían participar en la decisión sobre la impugnación de las elecciones

La Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia declaró sin lugar las dos recusaciones interpuestas contra los magistrados Jhannett Madriz y Malaquías Gil, quienes hasta el 8 de mayo ocuparon la presidencia y la vicepresidencia de esa sala, respectivamente.

Las solicitudes habían sido presentadas con el objetivo de que ninguno de los dos pudiera participar en la decisión sobre la solicitud de impugnar las elecciones presidenciales del 14 de abril.

En el fallo se indica que la petición contra Madriz fue desechada porque no se comprobó que haya adelantado opinión sobre la impugnación.

Los solicitantes alegaron en el escrito que Madriz debía quedar fuera del caso debido a que al haber sido embajadora de Venezuela en Canadá durante 2010 se había desempeñado como funcionaria del gobierno de Hugo Chávez y además había tenido una relación jerárquica funcionarial con Nicolás Maduro, que para ese entonces era canciller. También argumentaron que la magistrada había adelantado opinión en un documento titulado “Aspectos generales sobre la auditoría o verificación ciudadana”.

Madriz respondió en su informe que “la relación jerárquica se establece con el órgano y no con el titular del órgano”, y que no podía ser recusada por razones de afinidad política debido a que los magistrados no pueden ejercer activismo político-partidista. En cuanto al documento con fundamento en el cual los solicitantes alegan que hubo adelanto de opinión, aseguró que no es de su autoría. 

El texto en cuestión –en el que se señala que “no existe la figura del conteo manual” y que “se hicieron auditorías de 54% de las mesas al azar y nadie impugnó nada que pudiera hacer pensar que funcionó con errores”– fue entregado en rueda de prensa el 17 de abril a los medios de comunicación por la entonces presidenta del TSJ, Luisa Estella Morales, quien indicó que se trataba de consideraciones que Madriz –que se encontraba en el acto– quería hacer llegar a la prensa.

En cuanto a Gil, el fallo señala que los solicitantes sólo probaron su “extinta” militancia hace tres años, pero que no evidenciaron “que actualmente existan intereses comunes entre dicho magistrado, el presidente Maduro y el PSUV”.

Aún está pendiente por decidir la recusación contra el actual presidente de la Sala Electoral, Fernando Vegas Torrealba.