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Desde el Tribunal Supremo de Justicia Luisa Estella Morales, Presidenta del ente, explicó a los medios de comunicación que “la Sala Constitucional fundamentó su fallo en algunas razones que ya se conocen dentro de las doctrinas de la Sala (…). La Convención Americana sobre los Derechos Humanos no es una normativa de rango supraconstitucional”.
Estella Morales precisó que “la primera conclusión es la que han leido en la pagina web del TSJ, pero quiero decir textualmente los que se decidió: Resulta inejecutable el fallo de la Corte Interamericana de Derechos Humanos de fecha del 1ero de septiembre de 201, fallo que condenó al Estado venezolano por lo siguiente; anuló las resoluciones del año 2005 dictadas por el Contralor de la República y eliminó la inhabilitación al ciudadano Leopoldo López”.
“Se anuló las resoluciones del año 2005 dictadas por el Contralor de la República y eliminó la inhabilitación al ciudadano Leopoldo López”
De esta manera, explicó que “también resulta inujecutable la condenatoria en costa que ha establecido la Cidh en su sentencia”.
Para la Magistrada lo que no se quiere en relación con la decisión de la Cidh es que Venezuela retroceda en materia de los avances en la lucha contra la corrupción: “Consideramos inejecutable que Venezuela retroceda en los avances en la lucha contra la corrupción (…).Salvaguardamos por sobre todas las cosas los derechos políticos de los ciudadanos venezolanos de elegir y ser electo, de participar”.
“Debemos diferenciar lo que es una inhabilitación administrativa y lo que es una inhabilitación política”, enfatizó.
Reiteró, que “luego de haber establecido un sistema de protección contra la corrupción, ahora por efecto de ese sistema resulta inejecutable” pues considera que “a juicio de la escala constitucional, eso sería una intromisión dentro de la soberanía del pueblo venezolano”.
“López no tiene ningún tipo de impedimento para inscribirse en el CNE a cualquier cargo de elección popular”
Pese a la decisión del máximo Poder Judicial, Morales aclaró que “el ciudadano Leopoldo López goza de todos los derechos políticos declarados en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela”, al tiempo que detalló “está en pleno ejercicio de esos derechos, el derecho de elegir y ser electo, los derechos políticos de asociacion política, derecho de manifestación pacífica, derecho de protagonismo político, los tiene libremente”.
Y es que de esta manera, “Leopoldo López no tiene ningún tipo de impedimento para inscribirse en el CNE a cualquier cargo de elección popular, es libre de inscribirse y participar en el proceso de elección popular, porque no se encuentra inhabilitado desde ningún aspecto político”.
Sin embargo, Estella Morales explicó que en el caso de que López se inscriba en las elecciones presidenciales y ganara pues esto sería una “situación futura e incierta que no está bajo el análisis del Poder Judicial, de la Sala Constitucional, llegado el momento, indudablemente tendríamos que dar una respuesta y una interpretación, pero en estos momentos sería pronunciarnos sobre hechos inciertos y no sería algo serio por parte de nosotros”.