mayo 19, 2011 - 7:11 am
El artículo 1º de la Ley de Tribunales Populares de Cuba constituye un galimatías: “Los tribunales constituyen un sistema de órganos estatales, estructurado con independencia funcional de cualquier otro, y subordinado jerárquicamente a la Asamblea Nacional del Poder Popular y al Consejo de Estado”.
Otras dos normas confirman la parcialidad de la justicia cubana. El artículo 4 señala como primer objetivo: “Cumplir y hacer cumplir la legalidad socialista”. Y el artículo 5 indica: “Los tribunales están en la obligación de cumplir la Constitución y las demás disposiciones legales, así como las instrucciones de carácter general provenientes del Consejo de Estado, que reciban por conducto del Consejo de Gobierno del Tribunal Supremo Popular”.
Luisa Estella Morales y el resto de los directivos del Tribunal Supremo de Justicia fueron a Cuba para conocer más de cerca los tribunales cubanos y promover mayores transformaciones del Poder Judicial venezolano.
Pedro Nikken, presidente de la Comisión Internacional de Juristas, considera que los señalamientos de Morales coinciden con su convicción, también expresada públicamente, de que la separación de poderes es inconveniente porque debilita al Estado.
“En Cuba priva la noción de justicia revolucionaria, según la cual los jueces dictan sentencias de acuerdo con los intereses de la revolución. En nuestro país la ideología oficial judicial adversa la independencia de poderes y está sometida a la voluntad del Ejecutivo nacional. Los magistrados del Tribunal Supremo de Justicia aprendieron de Cuba a poner la justicia al servicio de un solo hombre. En la isla a las órdenes de Fidel y aquí a las de Chávez”, señala.
Héctor Faúndez, especialista en Derecho Internacional, aporta otra semejanza entre los dos sistemas de administración de justicia: “Las autoridades judiciales y los jueces cubanos son nombrados y removidos por el Partido Comunista. Para el ejercicio de la judicatura se exige lealtad por encima de todas las cosas, y la capacidad jurídico-ética pasa a un segundo plano. Algo similar sucede en Venezuela, y uno de los mayores perjuicios ha sido el uso del aparato judicial para perseguir y liquidar políticamente a los disidentes del Gobierno”.
Nikken agrega: “El Poder Judicial es inútil si no es capaz de defender a los ciudadanos de los abusos del poder público o privado”.
En febrero de este año, la magistrada Morales precisó que en Venezuela hay 1.914 jueces y que en 2010 se habían designado 1.479 con carácter provisorio, temporal o accidental.
Dicho de otro modo: 77% de los jueces del país no gozan de estabilidad en sus cargos y son más vulnerables a presiones, pues fueron designados a dedo y no por concurso de oposición, como lo exige la Constitución.
Nikken recordó que las autoridades del TSJ han contribuido abiertamente al sometimiento de todos los juzgados a la voluntad de Chávez, como lo admitió el magistrado Fernando Vegas en el acto de apertura del año judicial 2011. Sin ambages, Vegas instó a los 1.200 jueces presentes a contribuir con sus sentencias a la construcción del socialismo.
Involución
El constitucionalista Rafael Chavero afirma que Cuba es uno de los pocos países que supera a Venezuela en injerencia del Poder Ejecutivo en el Judicial. En el libro La justicia revolucionaria. Una década de reestructura- ción (o involución) judicial en Venezuela (Editorial Aequitas, Caracas, 2011), Chavero llega a conclusiones desalentadoras: “Creamos uno de los sistemas de justicia más corruptos y vulnerables a la política que existe en el mundo. Hoy los problemas de la gente no se resuelven jurídicamente. Sólo los políticos tienen la posibilidad de conceder justicia, y cuando éstos actúan arbitrariamente no hay forma alguna de evitarlo o sancionarlo”.
Para el autor, a involución judicial en Venezuela se profundizó con el referéndum revocatorio presidencial: “A partir de ese momento, el Gobierno se dio cuenta de que su revolución no era compatible con un Poder Judicial independiente. Se hizo el amarre a través de la reforma de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia y se le dio todos los poderes a la Sala Constitucional para interpretar e incluso cambiar las reglas del juego acomodaticiamente.
El Nacional