El presidente de la Asociación de Propietarios de Inmuebles Urbanos, Roberto Orta, señaló que la orden dictada por el Tribunal Supremo de Justicia de suspender el desalojo de invasores corta el derecho al inmueble afectando a 1,5 millones de propietarios.
El representante de la APIUR afirmó que la medida no puede ser tomada por una comisión sino por la Sala Plena del TSJ, afirmando que la medida vulnera el derecho a la propiedad, la constitución y las leyes.
Ha disminuido en 90% el ofrecimiento de alquileres en el país
Asimismo, en una entrevista ofrecida a Globovisión, señaló que introducirá un recurso de reconsideración ante el Tribunal Supremo de Justicia. Orta también hizo referencia a la disminución en 90% el ofrecimiento de alquileres en el país.
Aseguran que al menos 700 mil familias se benefician
Por lo menos 700.000 familias que residen en condición de inquilinato en Venezuela se benefician con la orden emitida a todos los juzgados de ejecución por el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), para que suspendan temporalmente cualquier medida cuya práctica comporte la pérdida de posesión o tenencia de un inmueble destinado a vivienda.
Así lo indicó Andrés Antillano, integrante del Movimiento de Pobladores, quien, junto a otros miembros de esta organización en Caracas, manifestó este martes su apoyo a la resolución del máximo juzgado.
Añadió que a esa cifra se deben sumar los conserjes, quienes habitan pensiones o habitaciones.
La decisión del TSJ es temporal, a la espera del decreto ley del presidente de la República, Hugo Chávez Frías, que detendrá definitivamente los desalojos arbitrarios de inquilinos.
Estas acciones del máximo juzgado obedecen a la declaratoria de emergencia nacional mediante decreto presidencial, en virtud de los daños ocasionados por las lluvias en las últimas semanas de 2010.
La medida
El pasado lunes el máximo tribunal del país emitió un oficio de la Comisión Judicial en el que la presidenta de la corte, Luisa Morales, instó a los jueces a “limitar temporalmente” toda medida judicial “de carácter ejecutivo o cautelar que recaiga sobre inmuebles destinados a vivienda familiar o de habitación”.
Según reseña el oficio la restricción temporal abarca a todas las medidas ejecutivas, cuya práctica comporte la pérdida de posesión o tenencia de un inmueble destinado a la vivienda o habitación, aun existiendo sentencia definitiva.
La medida no precisa la duración de la “temporalidad” advierte a los jueces de que “la inobservancia de la referida instrucción será causal de las sanciones correspondientes”.
Entre las acciones judiciales que se suspenderán por la decisión están las emprendidas por dueños de apartamentos alquilados contra inquilinos morosos, los procesos abiertos contra personas que han invadido edificios y las relacionas con la ejecución de hipotecas, siempre que los demandados utilicen el inmueble como vivienda familiar
La decisión judicial se produce en momentos en que el presidente, Hugo Chávez, busca elaborar de una disposición legal para evitar los desalojos arbitrarios.
Con información de Globovisión, AVN y Agencias