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19 marzo 2010

Información sobre jubilación de magistrados es “falsa, tergiversada y sesgada”

Mérida. Falsa, tergiversada y sesgada fue la información de octubre de 2009 cuando esta señora señaló en los medios de comunicación nacional en relación con los 132 días de aguinaldos que ese pago “estaba presupuestado”. Esa sí que es una información Falsa, tergiversada y sesgada .

La presidenta del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), Luisa Estela Morales,

aseguró que se ha falseado la información relacionada con la jubilación de magistrados del Poder Judicial.

“La información que ha salido fuera de la Sala Plena es absolutamente falsa, tergiversada y sesgada”, sostuvo la magistrada durante una rueda de prensa ofrecida tras instalar el Año Judicial en Monagas.

Explicó que la resolución 2010-0011, de fecha 10 de marzo, establece que a medida que se cumpliese el tiempo de la jubilación ordinaria, de acuerdo con la ley, por el transcurso del tiempo, cada uno de los magistrados tendrán la información administrativa a fin de que pudiesen manifestar si se jubilaban o no.

“En toda relación laboral existe la figura de la jubilación, en nuestro caso está contemplada por la Ley de la Corte Suprema de Justicia, la Ley del TSJ y la Ley orgánica del Poder Judicial. Y la resolución es para que la Sala Plena le notifique a quienes hayan cumplido el tiempo, porque el TSJ está en la obligación de responder a ese derecho que tiene el trabajador”, indicó.

Señaló que a través de esta normativa no se jubiló a ningún magistrado, “porque las resoluciones de jubilación son individuales, son actos administrativos de efectos particulares, no son globales”.

“La jubilación de cada magistrado obedece al transcurso del tiempo, no todos ocurren a la vez. No podemos jubilarnos todos los magistrados porque unos tenemos más tiempo dentro de la administración pública o carrera judicial y otros menos tiempo”, refirió.

La presidenta del TSJ llamó a la población a revisar la resolución que está publicada en la página web del poder judicial.

La norma establece en su artículo 1 que “se les otorgará el beneficio de jubilación a cada uno de los Magistrados o Magistradas del Tribunal Supremo de Justicia que para la fecha de la presente resolución cumplan con todos los requisitos que legal y reglamentariamente se requieren para optar a dicho beneficio y así lo solicitaren”.

Mientras que en el artículo 2: “Los Magistrados o Magistradas del TSJ a los cuales se les haya otorgado el beneficio de jubilación, podrán continuar en el ejercicio de sus cargos siempre y cuando no hayan concluido el período constitucional para el cual fueron designados o hasta cuando la Asamblea Nacional efectúe nuevas designaciones”.

Este artículo concluye en que, el Magistrado o Magistrada,a los que se les haya otorgado el beneficio, también podrá hacer uso del derecho a la jubilación antes de concluir el período constitucional para el cual fue designado o designada.

En el documento se considera que existe un considerable número de Magistrados o Magistradas del TSJ que en estricto apego a la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y la Ley tienen la condición de jubilables, por lo tanto es que se emite la resolución, porque de acordarse el beneficio de jubilación a todos los que reúnen los requisitos de Ley, se produciría una crisis institucional por vacancia de los cargos.

La presidenta del Tribunal Supremo, a su vez, fue consultada sobre la opinión en contra del TSJ emitida por la magistrada Blanca Mármol, y ratificó que el Poder Judicial venezolano es autónomo, independiente y digno.

“No puedo compartir esos criterios porque no son ciertos. Yo siento que nuestro poder judicial es un poder digno, independiente, autónomo, que puede representar con dignidad a nuestro país en cualquier sitio”, dijo.

Apuntó además que “cuando uno pertenece a un cuerpo indudablemente que debe hacerlo porque se considera que ese cuerpo es digno de pertenecerle, si estamos hablando mal del todo estamos hablando mal de nosotros mismos”, indicó.

Vía ABN