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31 julio 2008

Desagravio a un camarógrafo

Por: Ernesto Villegas Poljak
Fecha de publicación: 31/07/08

No acostumbro a ventilar en público asuntos relativos a VTV, canal donde he trabajado en los últimos años, y del que se me percibe como una de sus “imágenes”, mucho menos aquellos que puedan considerarse parte de su dinámica interna. La sabiduría popular aconseja lavar los trapos sucios en casa.

La obligada excepción obedece al desagradable episodio en el cual el presidente Hugo Chávez increpó, en forma tan sorpresiva como injusta, a uno de los camarógrafos de VTV que trabajaron en el Aló, Presidente del domingo 28 de julio.

Seguramente la rabia del presidente Chávez por lo costoso que resulta al Estado un canal como el 8 tenga alguna justificación racional, y que los millardos que recientemente le aprobó en un crédito adicional le luzcan mejor invertidos si se destinaran, digamos, a alguna política social.

Puede, también, que la molestia presidencial tenga base en el anacronismo de algunas cláusulas del contrato colectivo, heredadas de tiempos en que no se exigía al personal una cantidad y frecuencia de trabajo extraordinario como el de hoy.

Un esquema de horas extras diseñado, por ejemplo, para que éstas fuesen cosa realmente extraordinaria –unas pocas al mes, si acaso- y no algo más bien cotidiano, que para una minoría de los trabajadores puede significar la duplicación o más de su salario base, y para la nómina un factor de crecimiento exponencial año tras año.

Las apariciones y actividades públicas de Rafael Caldera
, por ejemplo, no sólo ocurrían una vez a la cuaresma –llegó a pasar semanas sin mostrarse en público- e infinitamente más cortas que las maratónicas jornadas de Chávez, todas cubiertas por algún equipo de VTV. De aquel letargo viene esta corredera.

Cláusulas que, también es posible, recuerden la tendencia de los gobiernos neoliberales a firmar compromisos económicos inviables con los trabajadores para luego justificar la privatización de una empresa, como ocurrió con Sidor o Cantv, hoy de nuevo en manos estatales.

Tal vez el Presidente imagine que además de los trabajadores honestos y entregados a su trabajo, que abandonan pareja e hijos por días o semanas enteras para seguirlo a él con cámaras, luces, micrófonos y mircroondas, haya algunos que se aprovechen del contrato colectivo y dejen para el domingo tareas que podrían realizar entre semana, sólo para agrandar su quince y último. De todo hay en la viña del señor.

Vapuleados

Todo eso puede haber estado detrás de la molestia presidencial, pero, por más vueltas que se le dé, no hay argumento que justifique la escena del mandatario increpando a Efraín Castro, que así se llama el camarógrafo vapuleado.

Quiso la historia, tan llena de paradojas, que el mandatario dirigiera su descarga contra uno de los más abnegados trabajadores del canal y le exigiera demostración de compromiso revolucionario y de disposición al trabajo voluntario a quien no necesita darla, porque ya la ha dado y con creces. Que después de siete años no se acuerde de su rostro es otra cosa.

Ese mismo camarógrafo fue el que estuvo en el Salón Ayacucho del Palacio de Miraflores en la madrugada del 13 de abril de 2002, tomando las imágenes del recién liberado presidente Chávez con crucifijo en mano pidiendo perdón por sus errores y llamando a la reflexión a los dueños de los medios de comunicación. Detrás de esa cámara estaba ese ser humano.

Nadie tuvo que ordenárselo, ni en ese momento él ni nadie tenía en mente salario, contrato colectivo ni mucho menos horas extras. Más bien, el fascismo criollo lo había dejado desempleado, con su cámara en off y un futuro incierto, pues Enrique Mendoza había cerrado el canal 8 y nadie apostaba por su reapertura en la dictadura –mediática- de Carmona. Lo más probable era que lo privatizaran. Algún grupo económico lo estaría explotando hoy.

Efraín pudo quedarse en casa, como muchos lo hicieron, pero junto a otros resolvió ocupar su humilde puesto de combate en una historia cuyo desenlace hasta entonces nadie podía predecir. Una historia plagada de anónimos heroísmos, sin soles, estrellas ni condecoraciones, como el de Efraín.

Tal vez no lo maneje como concepto, pero en ese momento crucial Efraín realizó una memorable jornada de trabajo voluntario.

He conversado con él y, a pesar de las burlas que vecinos antichavistas le prodigan ahora en Guatire, de donde todos los días sale a trabajar antes de las 4:00 am, y regresa cuando ya los hijos duermen, me ha dicho que volvería a hacer lo mismo, pues el 13 -A lo hizo pensando en el futuro de esos mismos niños.

Desde el domingo, al resto de los trabajadores de VTV ya no sólo los vapulean los antichavistas –llevar ese logotipo encima puede significar riesgo físico en ciertas zonas acomodadas de Caracas-, sino también algunos fanáticos chavistas que ahora los señalan como símbolos de “vagabundería” y “sinvergüenzura” (Chávez dixit), causantes de todos los males del país. Peores, pues, que Alberto Federico Ravell.

Negociación

El lunes, la moral de todo el canal amaneció por el piso.

El martes, el ministro de Comunicación e Información, Andrés Izarra, en compañía de la directiva del canal, se reunió con los trabajadores en una asamblea donde cada quien expuso sus puntos de vista.

Ambas partes convinieron en establecer una mesa de diálogo para revisar el impacto económico de las horas extras y el resto de las cláusulas del contrato colectivo, en busca de fórmulas consensuadas.

Una cámara del canal grabó tanto la razonable argumentación de los funcionarios, como también las dramáticas historias individuales que los números no suelen mostrar.

A primera vista, la discusión pareciera entrampada en un círculo vicioso: las horas extras terminan siendo un complemento permanente del salario –sólo para aquellos que las generan-, y a su vez el salario no puede aumentarse en una proporción mayor porque con él aumenta también el costo de la hora extra.

De acuerdo con la empresa, el contrato impide o dificulta el establecimiento de horarios o turnos diferenciados, de modo que un personal distinto al regular pueda dedicarse exclusivamente a las jornadas dominicales o extraordinarias.

Los trabajadores sostienen que sólo a partir de la séptima hora laborada en domingo es que se contabiliza cada hora extra como un día adicional de salario. Parte de esa paga se les iría en las tres comidas, cuando se trata de transmisiones remotas, es decir, fuera del canal, pues los viáticos apenas pasan de 20 mil bolívares viejos por día.

Como en toda relación obrero-patronal, cada quien tiene sus razones. Imaginación, buena voluntad, buenos negociadores y un buen mediador podrían zanjar el asunto.

Disciplina

Antes de continuar, aclaro que quien esto escribe no es beneficiario del contrato colectivo de VTV, de modo que jamás he percibido pago alguno por las maratónicas jornadas de trabajo extraordinario durante 8 años en ese canal.

Mi contrato individual, que no contempla prestaciones sociales, ni caja de ahorros, ni HCM, ni horas extras, ni viáticos, se limita a la conducción del programa “En Confianza” –este lunes 4 de agosto debe estar de vuelta al aire al mediodía-, pero los directivos del canal, y sobre todo sus usuarios, son testigos de que he estado allí las veces que se ha requerido mi trabajo, en incontables operativos de prensa y programas especiales, sin límite de horario o exigencia de compensación económica alguna.

De todos modos, y también lo saben los directivos del canal, mi puesto está a la orden, cuando VTV lo disponga me iré por mis propios pasos y sólo quedará la satisfacción de haberle sido útil al pueblo en su lucha por la verdad desde la simple posición de periodista. Ah, y no ando buscando cambur alguno, ni designado ni por elección popular. Porsia.

Dicho esto, paso a hacer votos porque el Presidente haya reflexionado sobre la injusticia cometida con Efraín Castro y en general con la mayoría de mis compañeros de trabajo. Si aquel 13 pidió perdón, nada le costaría hacerlo de nuevo con gente que merece un desagravio.

En su Historia de la decadencia y caída del Imperio Romano, el historiador británico Edward Gibbon cuenta que el carácter guerrero de los soldados romanos derivaba, entre otras cosas, de una disciplina, tan, pero tan férrea que los centuriones estaban autorizados a sancionar con golpes a sus subalternos y los generales a castigarlos con la muerte.

“Era máxima inflexible de la disciplina romana que un buen soldado temiera más a sus superiores que al enemigo”, cuenta Gibbon.

Ojalá esa máxima no esté en el ánimo del Presidente cuando se permite “patear” en público a sus colaboradores.

Puede que el regaño a un ministro le gane el aplauso de masas insatisfechas con la gestión pública, pero al enfilar contra gente del pueblo, como Efraín Castro este domingo y hace meses Nelson Mora en el barrio Federico Quiroz, no hace sino causar mella entre sus propias filas.

Filas que uno confía tengan más miedo a un triunfo de la derecha que a un regaño de Hugo Chávez.

fuente: Aporrea

30 julio 2008

Tres poderes públicos instan al TSJ a validar inhabilitaciones

Opositores se congregaron ante el máximo juzgado para exigirle una respuesta

JUAN FRANCISCO ALONSO
EL UNIVERSAL

Declarar la "constitucionalidad" de las inhabilitaciones dictadas por el contralor general de la República, Clodosbaldo Russián, solicitaron a la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia representantes de la Asamblea Nacional, de la Procuraduría, del Ministerio Público y del propio organismo encargado de velar por el buen uso de los fondos públicos.

La petición fue formulada ayer, durante la audiencia oral y pública sobre el recurso que Xiomara Lucena interpuso contra la resolución que en 2004 adoptó Russián en su contra, la cual provocó su destitución como directora de Comunidades Educativas del Ministerio de Educación y le ha impedido ocupar otros puestos en la Administración Pública en los tres últimos años.

Aunque la ex funcionaria sólo pidió que se dejara sin efecto la sanción que le fue impuesta, pues, según ella, "se le aplicó una ley de manera retroactiva", los representantes de los tres poderes públicos presentes, con la venia de la Sala, extendieron la solicitud a un pronunciamiento sobre la legalidad o no del polémico artículo 105 de la Ley Orgánica de la Contraloría.

La norma antes citada es la que faculta al contralor a impedir a personas señaladas por irregularidades administrativas que ocupen cargos públicos, bien sean de designación o de elección popular.

Casi al unísono

Los representantes del Legislativo, Ejecutivo y de los organismos del Poder Ciudadano esgrimieron los mismos argumentos para solicitarle a la Sala Constitucional que mantenga las inhabilitaciones.

Los abogados América Rodríguez (Contraloría), Gardeliz Orta (contralorías regionales), Cristian Colsen (Procuraduría), Cruz Febres (Asamblea) y Roxana Orijuela (Fiscalía) sostuvieron que el artículo 105 no vulnera la Carta Magna, sino que al contrario está sustentado en dos normas del texto fundamental: los artículos 274 y 289, numeral tercero.

"El artículo 105 no viola la Constitución y pido que se declare su legalidad y constitucionalidad porque viene a poner freno en el desorden administrativo", afirmó Rodríguez.

Por su parte, Colson refutó que sanciones de este tipo supongan un doble juicio. "No se trata de juzgar a un funcionario dos veces, sino que es un proceso que contempla una pena principal y otra accesoria", remató el representante del abogado del Gobierno.

La fiscal Orijuela ratificó lo dicho por sus colegas de las otras ramas del Poder Público y aseveró que con las inhabilitaciones no se vulnera el debido proceso, pues las mismas se adoptan luego de un procedimiento administrativo en el que los señalados pueden ejercer los recursos que consideren.

No obstante, la funcionaria del Ministerio Público fustigó la manera como fue redactado el artículo por el Legislativo, por considerarlo erróneo.

Mientras la fiscal realizaba la exposición, la presidenta de la Sala y del TSJ, magistrada Luisa Estella Morales, le pasaba a sus colegas un papel en el que escribió algo.

Ninguno de los seis magistrados formuló preguntas. La presidenta dio por concluido el acto, el cual se inició con dos horas de retraso; y anunció que se iniciaba la etapa de sentencia, aunque no aclaró cuando se produciría la misma.



fuente: EL UNIVERSAL

Denuncian irregularidades en Tribunal Laboral

Ex trabajadores petroleros exigen celeridad en las actuaciones judiciales

Freddy León Jr


Tucupita.-Ayer en horas de la mañana ex trabajadores petroleros tomaron de manera pacifica la entrada de la Dirección Ejecutiva de la Magistratura Delta Amacuro, en donde funciona el Tribunal Laboral, por supuestos hechos de complicidad que tienen algunos jueces con algunas empresas petroleras demandadas, al retrazar las actuaciones judiciales. El asesor laboral del sindicato Nacional Unión de Marinos Mercantes de Venezuela Jairo Bernal Marín manifestó, que es la segunda vez que se realiza este tipo de acciones en el tribunal laboral, por las actuaciones irregulares que llevan a cabo algunos jueces en componenda con las compañías petroleras, puesto que a pesar de las numerosas demandas nunca se ha podido ganar, a pesar de existir los elementos necesarios. Son evidentes los retardos procesales en la región, mientras que en el Tribunal Supremo de Justicia se ganan demanda contra Global Santa Fe, los cinco magistrados, siempre emiten los fallos a favor de los trabajadores, no obstante los jueces locales dictan las actuaciones, de tal manera que benefician a las referidas empresas. Según Bernal, los magistrados locales se reúnen a solas con los abogados de las empresas demandadas, situación que no se puede permitir. También se tienen pruebas de que con la demanda contra la empresa Zaramela y Pavan (Z y P), la doctora Maricela Gómez , hizo un llamado a los trabajadores afectados a escondidas para que negocien con la mencionada compañía, pasando por encima de la ética profesional de los juristas que llevan a cabo este caso.Estas compañías son demandadas por diferencias en el pago de las prestaciones sociales y otras deudas laborales, donde son más de 70 los ex trabajadores afectados. Igualmente Z y P tiene unos cheques retenidos de unos pasivos laborales, que tienen que ser entregados a sus beneficiarios, aún cuando PDVSA ordeno su pago. Debido a la problemática planteada el juez rector del Circuito Judicial Penal Diosnardo Frontado, se traslado al lugar acontecimiento para conversar con los presente, otorgando una audiencia, en donde se le entregará un informe sobre los casos que a un no han sido resueltos. “De no concretarse ninguna solución, nuevamente los trabajadores tomaran como medida reprotesta la instalación del tribunal laboral, hasta que se concrete un acuerdo”.

29 julio 2008

Nuevos tribunales de violencia contra la mujer velarán por su seguridad

Caracas, 30 Jun. ABN.- Los nuevos tribunales de violencia contra la mujer se encargarán de velar por la seguridad e integridad de las mujeres de toda Venezuela y funcionarán en forma de Circuito en distintos estados del país, bajo un modelo organizacional y dependerán de la Jurisdicción Penal.

En estos Juzgados funcionarán seis tribunales de Control y dos de Juicio. Cuentan con un equipo multidisciplinario, el cual está conformado por abogados, médicos, educadores, trabajadores sociales, psicólogos, alguaciles, secretarios y asistentes, entre otros funcionarios, siguiendo un esquema similar al establecido en los Circuitos de Lopnna.

En cuanto a los espacios, en cada Juzgado existirán dos salas de audiencia, para darle celeridad al proceso, así como taquillas de solicitud, consulta y entrega de expedientes.

También se ha habilitado una guardería infantil debidamente equipada con juegos didácticos y un parque para que los niños disfruten mientras los padres asisten a la audiencia, con el objeto de proteger y aislar el niño o niña del conflicto.

Es de destacar que en la inauguración de los Juzgados del Área Metropolitana de Caracas, este viernes 27 de junio de 2008, asistieron los magistrados de las distintas Salas del TSJ, así como la ministra de Estado para asuntos de la mujer, María León; la defensora del pueblo, Gabriela Ramírez; la presidenta de la subcomisión de los derechos de la mujer de la Asamblea Nacional, diputada Flor Ríos.

También estuvieron en el acto, el director ejecutivo de la Dirección Ejecutiva de la Magistratura (DEM), Francisco Ramos, y demás directores de esta Dirección y de la Escuela Nacional de la Magistratura. También jueces, juezas y demás funcionarios que integrarán el equipo de trabajo de estos tribunales.

La bendición de las instalaciones estuvo a cargo del vicario del Obispado Militar de Venezuela, quien pidió a Dios todopoderoso que su gracia oriente los pensamientos y los actos de los esposos hacia el bien de sus familias, “evitando la violencia de género y resaltando el valor de la mujer que es fuente de vida y cariño a imitación de María de Nazaret”, dijo.

fuente: ABN

28 julio 2008

Consulta de la Ley Orgánica del Trabajo se inicia en septiembre

Las consultas para la reforma de la Ley Orgánica del Trabajo se iniciarán en el mes de septiembre, según anunció el diputado Francisco Torrealba (Anzoátegui), presidente de la Subcomisión de Asuntos Laborales Gremiales y Sindicales de la Comisión Permanente de Desarrollo Social Integral de la AN.

Destacó el parlamentario que el proyecto de reforma contempla la retroactividad de las prestaciones sociales modificado en la reforma de la Ley Orgánica del Trabajo de 1997, así como la reducción de la jornada laboral, entre otras modificaciones.

Destacó Torrealba que la Reforma, que fue aprobada en primera discusión, y para la segunda discusión han designado una coordinación para todo el país integrada por el presidente de la Comisión Oscar Figuera y el vicepresidente Oswaldo Vera y él como presidente de la Subcomisión de Asuntos Laborales, Gremiales y Sindicales así como los demás miembros de la Comisión.

“Hemos dividido el país en regiones y cada diputado de la Comisión Permanente de Desarrollo Social Integral tiene asignadas responsabilidades y tareas específicas para que nadie en este país se quede sin tomar parte en la discusión de la Ley Orgánica del Trabajo”, afirmó el diputado Torrealba.

Seguridad Social

Sobre la seguridad social, el asambleísta argumentó que este tema tiene que ver con las prestaciones sociales, pero las leyes de los subsistemas de seguridad social pero las leyes de los subsistemas de seguridad social se van a discutir por separado.

Argumentó que en el estudio de la Ley de Pensiones y Jubilaciones verán la retroactividad de las prestaciones sociales que obedecen a un mandato constitucional.

Añadió que también estudiarán la reducción de la jornada laboral “porque está previsto en la discusión y en el debate y fue uno de los planteamientos centrales de la Reforma Constitucional que no fue aprobada”, aseveró.

A su juicio en la discusión van a tomar parte directa el Ministerio para el Poder Popular para Trabajo y la Seguridad Social, cuya coordinación está adelantada con el ministro Roberto Hernández, así como también los adversarios de las reivindicaciones de los trabajadores como Fedecámaras e integrantes de la CTV.

“Es decir, esto no va a ser una ley discutida y aprobada a escondidas tal como se vienen discutiendo las leyes que se han aprobado que han tenido amplia participación, donde el parlamentarismo social de calle marque la pauta. Que nadie se quede sin expresarse y nosotros, por supuesto, nos vamos a asegurar de que queden recogidas en esa Ley para bien del país, para bien de los trabajadores, para bien de los patronos”, resaltó.

Edda Gori/Prensa AN

25 julio 2008

RECESO JUDICIAL 2008

Caracas, 23 de julio de 2008

198° y 149°

RESOLUCIÓN N° 2008-0024

De conformidad con los artículos 267 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, 1 y 3 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, compete al Tribunal Supremo de Justicia la dirección, el gobierno y la administración del Poder Judicial, la inspección y vigilancia de los tribunales de la República y de las Defensorías Públicas.

CONSIDERANDO

Que la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia en su sesión de fecha 6 de abril de 2005, aprobó el "Plan de Reforma Estructural y Modernización" con el propósito, entre otros, de que se materialicen los principios de transparencia, moralidad, eficacia, modernización, legitimidad, participación y control social, que aseguren el cabal cumplimiento con los postulados constitucionales concernientes a la función jurisdiccional.

CONSIDERANDO

Que para el logro de los objetivos y metas que fueron establecidos en el citado Plan, con el propósito de que se adelanten los proyectos de capacitación de jueces y personal tribunalicio; se lleven a cabo las labores de mantenimiento y adecuación de las sedes judiciales y se impulse con mayor ritmo, la ejecución de las obras de infraestructura del Poder Judicial, la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia en sesión del 2 de agosto de 2006, acordó un receso de las actividades judiciales desde el 15 de agosto hasta el 15 de septiembre de 2006.

CONSIDERANDO

Que resulta indispensable la ratificación, en el presente año, del mencionado receso judicial, con la finalidad de que se cumplan las metas que se indicaron en los considerandos precedentes.

RESUELVE

PRIMERO: Ningún Tribunal despachará desde el 15 de agosto hasta el 15 de septiembre de 2008, ambas fechas inclusive. Durante ese período permanecerán en suspenso las causas y no correrán los lapsos procesales. Ello no impide que se practiquen las actuaciones que fueren necesarias para el aseguramiento de los derechos de alguna de las partes, la cual deberá justificar la urgencia.

En tal sentido, los órganos jurisdiccionales tomarán las debidas previsiones para que no sea suspendido el servicio público de administración de justicia. Al efecto se acordará su habilitación para que se proceda al despacho de los asuntos urgentes; pero, si éstos fueren medidas precautelativas, se requerirá, para su ejecución, la notificación previa de la otra parte.

En ese lapso, los tribunales no podrán practicar diligencias distintas de las concernientes al acto que sea declarado urgente. Los jueces suplentes, que actúen como sustitutos en el tiempo señalado, no podrán dictar sentencia definitiva ni interlocutoria, salvo lo dispuesto en el párrafo anterior.

Aquellos jueces que no tengan un (1) año en el ejercicio del cargo, no podrán disfrutar del referido receso judicial. Dichos Jueces permanecerán de guardia.

Los Jueces Rectores y/o Presidentes de Circuitos informarán a la Comisión Judicial y a la Dirección Ejecutiva de la Magistratura, antes del 15 de agosto, cuales jueces estarán de guardia en el receso judicial, para que éstos disfruten del mismo en otra oportunidad.

SEGUNDO: En materia de amparo constitucional se considerarán habilitados todos los días del período antes mencionado. Los jueces, incluso los temporales, están en la obligación de tramitar y sentenciar los procesos respectivos.

TERCERO: En cuanto a los Tribunales con competencia en materia penal, se mantendrá la continuidad del servicio público de administración de justicia a nivel nacional. En consecuencia:

1.- Los Circuitos Judiciales Penales deberán contar permanentemente, durante el período comprendido entre el 15 de agosto y el 15 de septiembre de 2008, ambas fechas inclusive, con jueces de control, quienes se organizarán bajo el "sistema de guardia", para que conozcan los casos que se encuentren en fase preparatoria, así como los amparos constitucionales y hábeas corpus.

Los Presidentes de los Circuitos Penales asegurarán la disponibilidad de las siguientes categorías de jueces:

a.- Jueces de Primera Instancia en lo Penal en función de Juicio, para que atiendan y tramiten los juicios que fueron iniciados antes del 15 de agosto de 2008 (para evitar la interrupción), así como los amparos constitucionales.

b.- Jueces de Primera Instancia en lo Penal en función de Ejecución a los fines del otorgamiento de beneficios de Ley, así como de las fórmulas alternativas de cumplimiento de pena y cualquier otra incidencia que pueda presentarse.

c.- Cortes de Apelaciones que conozcan los recursos de apelación que se ejerzan contra las actuaciones o decisiones que pronuncien los Tribunales de Primera Instancia (en el periodo de receso judicial).

Esta disposición comprende a los Tribunales con competencia en materia penal ordinaria, de responsabilidad penal del adolescente, “con competencia exclusiva para conocer de los delitos vinculados con el Terrorismo, Secuestro y Extorsión…” y aquellos “con competencia en materia de Delitos de Violencia contra la Mujer.

2.- Los Presidentes de los Circuitos Judiciales Penales quedan facultados para el establecimiento y la organización de un sistema de guardias en la unidad de recepción y distribución de documentos y solicitudes, que permita recibir y distribuir los mismos.

3.- Las faltas temporales de los jueces penales, que pudieran ocurrir durante el período que define esta Resolución, serán llenadas por sus suplentes, en la forma y condición que determine la Comisión Judicial del Tribunal Supremo de Justicia, con la finalidad de que no se suspenda la prestación del servicio público.

CUARTO: Los Jueces Rectores, Presidentes de las Cortes Primera y Segunda de lo Contencioso-Administrativo, Presidentes de los Circuitos Judiciales Penales, Coordinadores de los Circuitos Judiciales Laborales y Presidente y Coordinadores de los Circuitos Judiciales de Protección del Niño y del Adolescente, quedan facultados para que adopten las medidas conducentes a garantizar el acceso a la justicia en las diversas circunscripciones judiciales de conformidad con los objetivos de la presente Resolución.

QUINTO: La Inspectoría General de Tribunales atenderá con prontitud todo reclamo que se formule en relación con lo que dispone esta Resolución y, con tal finalidad, reforzará el sistema de guardias para las labores de inspección y vigilancia que le corresponde. De igual manera, la Comisión de Funcionamiento y Reestructuración del Sistema Judicial realizará las guardias necesarias para la atención de las solicitudes que le haga la Inspectoría General de Tribunales. Por último, la Unidad de la Defensa Pública implantará un sistema de guardias para la atención de las causas que lo ameriten.

SEXTO: Se ordena la publicación de esta Resolución en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela, sin que tal publicación condicione su eficacia. Así mismo, se ordena su publicación en el sitio web del Tribunal Supremo de Justicia.

Comuníquese y publíquese.

Dada, firmada y sellada en el Salón de Sesiones del Tribunal Supremo de Justicia, en Caracas, a los veintitrés (23) días del mes de julio de dos mil ocho. Años: 198° de la Independencia y 149° de la Federación.

La Presidenta,

LUISA ESTELLA MORALES LAMUÑO

La Primera Vicepresidenta, El Segundo Vicepresidente,

DEYANIRA NIEVES BASTIDAS LUIS ALFREDO SUCRE CUBA

Los Directores,

EVELYN MARRERO ORTIZ YRIS ARMENIA PEÑA ESPINOZA

OMAR ALFREDO MORA DÍAZ

Los Magistrados,

JESÚS EDUARDO CABRERA ROMERO

YOLANDA JAIMES GUERRERO

LUIS MARTÍNEZ HERNÁNDEZ

ISBELIA PÉREZ VELÁSQUEZ

ELADIO RAMÓN APONTE APONTE

JUAN RAFAEL PERDOMO

PEDRO RAFAEL RONDÓN HAAZ

LEVIS IGNACIO ZERPA

HADEL MOSTAFÁ PAOLINI

ANTONIO RAMÍREZ JIMÉNEZ

CARLOS ALFREDO OBERTO VÉLEZ

BLANCA ROSA MÁRMOL DE LEÓN

ALFONSO VALBUENA CORDERO

FRANCISCO CARRASQUERO LÓPEZ

EMIRO GARCÍA ROSAS

RAFAEL ARÍSTIDES RENGIFO CAMACARO

FERNANDO RAMÓN VEGAS TORREALBA

JUAN JOSÉ NÚÑEZ CALDERÓN

LUIS ANTONIO ORTIZ HERNÁNDEZ

HÉCTOR CORONADO FLORES

LUIS EDUARDO FRANCESCHI GUTIÉRREZ

CARMEN ELVIGIA PORRAS DE ROA

MARCOS TULIO DUGARTE PADRÓN

CARMEN ZULETA DE MERCHÁN

MIRIAM DEL VALLE MORANDY MIJARES

ARCADIO DELGADO ROSALES

La Secretaria,

OLGA M. DOS SANTOS P.

24 julio 2008

CONTRATO COLECTIVO YA

Libertad de opinión y de expresión (Derechos sindicales y libertades públicas)

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Libertad de opinión y de expresión (Derechos sindicales y libertades públicas)

1. Principios generales

152. El ejercicio pleno de los derechos sindicales requiere la existencia de una corriente libre de informaciones, opiniones e ideas y, con este fin, tanto los trabajadores y los empleadores como sus organizaciones deberían disfrutar de libertad de opinión y de expresión en sus reuniones, publicaciones y otras actividades sindicales. No obstante, en la expresión de sus opiniones, las organizaciones sindicales no deberían sobrepasar los límites admisibles de la polémica y deberían abstenerse de excesos de lenguaje.

(Véanse Recopilación de 1985, párrafo 175; 244.o informe, caso núm. 1309 (Chile), párrafo 336, f); 254.o informe, caso núm. 1400, párrafo 198, y 295.o informe, caso núm. 1729 (Ecuador), párrafo 34.)

153. El derecho de expresar opiniones por medio de la prensa o en otra forma es uno de los elementos esenciales de los derechos sindicales.

(Véase Recopilación de 1985, párrafo 172.)

154. El derecho a expresar opiniones sin autorización previa por medio de la prensa sindical es uno de los elementos esenciales de los derechos sindicales.

(Véase 255.o informe, casos núms. 1129, 1298, 1346, 1351 y 1372, párrafo 53.)

155. La libertad de expresión de que deberían gozar las organizaciones sindicales y sus dirigentes también debería garantizarse cuando éstos desean formular críticas acerca de la política económica y social del gobierno.

(Véase 292.o informe, caso núm. 1640 (Marruecos), párrafo 606.)

156. El derecho de una organización de empleadores o de trabajadores a expresar sus opiniones sin censura por medio de la prensa independiente no se debe diferenciar del derecho a expresar sus opiniones en periódicos exclusivamente profesionales o sindicales.

(Véanse Recopilación de 1985, párrafo 174, y 255.o informe, casos núms. 1129, 1298, 1346, 1351 y 1372, párrafo 58.)

157. En un caso en el que persistía la clausura de importantes medios de comunicación después de meses, el Comité subrayó que el derecho de las organizaciones de trabajadores y de empleadores a expresar sus opiniones a través de la prensa o en otros medios de comunicación social es uno de los elementos fundamentales de los derechos sindicales y que las autoridades deberían abstenerse de obstaculizar indebidamente su ejercicio legal.

(Véase 262.o informe, caso núm. 1419 (Panamá), párrafo 267, d).)

158. En relación con una legislación que permitía la suspensión temporal o definitiva de diarios y publicaciones que "comprometan la estabilidad económica de la nación", el Comité estimó que tales restricciones, que suponen la existencia de una amenaza permanente de suspensión de las publicaciones, obstaculizan considerablemente el derecho de las organizaciones sindicales y profesionales a expresar sus opiniones a través de la prensa, ya sea en sus propias publicaciones o en otros medios de comunicación, que constituye uno de los elementos esenciales de los derechos sindicales, por lo que los gobiernos deberían abstenerse de obstaculizar indebidamente su ejercicio legal.

(Véase 261.er informe, casos núms. 1129, 1298, 1344, 1442 y 1456 (Nicaragua), párrafo 36.)

2. Autorización y censura de publicaciones

159. Si los sindicatos, para publicar un periódico, deben depositar una fianza elevada, esta exigencia, especialmente para los pequeños sindicatos, puede constituir una condición excesivamente gravosa que sería incompatible con el derecho de los sindicatos a expresar sus opiniones a través de la prensa.

(Véase Recopilación de 1985, párrafo 178.)

160. El temor de las autoridades de que un periódico sindical pueda servir para lograr finalidades políticas ajenas a la actividad sindical, o, por lo menos, que rebasen ampliamente los límites normales de ésta, no constituye un motivo suficiente para negar la autorización de publicar dicho periódico.

(Véase Recopilación de 1985, párrafo 179.)

161. La publicación y la difusión de noticias e informaciones de interés sindical constituyen una actividad sindical lícita, y la aplicación de medidas de control de las publicaciones y de los medios de información puede significar una injerencia grave de las autoridades administrativas en esa actividad. En tales casos, el ejercicio de los poderes administrativos debería estar sujeto a control judicial que interviniese lo más rápidamente posible.

(Véase Recopilación de 1985, párrafo 180.)

162. El poder discrecional de las autoridades públicas para retirar la licencia de un periódico sindical, sin que exista un recurso ante un tribunal, no es compatible con el Convenio núm. 87, que establece que las organizaciones sindicales tienen derecho a organizar sus actividades sin injerencia de las autoridades públicas.

(Véase Recopilación de 1985, párrafo 181.)

163. Aunque el establecimiento de una censura general es ante todo una cuestión que atañe al ejercicio de los derechos civiles y no de los derechos sindicales, la imposición de la censura de prensa durante un conflicto profesional puede tener un efecto directo sobre la evolución del conflicto y perjudicar a las partes al impedir la difusión de los hechos exactos.

(Véase Recopilación de 1985, párrafo 182.)

3. Publicaciones de carácter político

164. Las organizaciones sindicales podrán aspirar lícitamente a que no se atente contra sus actividades únicamente en la medida en que no den a las reivindicaciones profesionales un cariz abiertamente político.

(Véase Recopilación de 1985, párrafo 173.)

165. Al editar publicaciones, las organizaciones sindicales deben tener en cuenta, en interés del desarrollo del movimiento sindical, los principios enunciados por la Conferencia Internacional del Trabajo en su 35.a reunión, 1952, sobre la protección de la libertad y la independencia del movimiento sindical y la salvaguardia de su misión fundamental de buscar el progreso económico y social de los trabajadores.

(Véase Recopilación de 1985, párrafo 183.)

166. En un caso en que un periódico sindical, por alusiones y acusaciones contra el gobierno, parecería haber sobrepasado los límites de lo admisible en materia de polémicas, el Comité señaló que convenía recomendar a los redactores de publicaciones sindicales que se abstengan de excesos en los términos empleados. El papel primordial de tales publicaciones debería ser tratar en sus columnas los problemas que afecten principalmente a la defensa y promoción de los intereses de sus afiliados, y, más generalmente, del mundo del trabajo. El Comité ha reconocido, sin embargo, que la frontera que separa lo político de lo puramente sindical es difícil de delimitar con claridad. Ha señalado que las dos nociones se entrelazan y que resulta inevitable, y a veces normal, que las publicaciones sindicales tomen posición sobre problemas que tengan aspectos políticos, así como sobre problemas puramente económicos y sociales.

(Véase Recopilación de 1985, párrafo 185.)

167. En un caso en que se había prohibido la circulación de todas las publicaciones de una organización sindical internacional, el Comité sugirió que se reexaminara la reglamentación incriminada, teniendo en cuenta el principio del derecho de las organizaciones sindicales a difundir las publicaciones en que formulan sus programas de acción, con el fin de distinguir, entre las publicaciones de la organización interesada, aquellas que tratan de problemas que directa o indirectamente entran en la competencia de los sindicatos y aquellas que tienen manifiestamente carácter político o antinacional.

(Véase Recopilación de 1985, párrafo 186.)

4. Secuestro de publicaciones

168. La confiscación de material de propaganda para el 1.o de mayo o de otras publicaciones, puede constituir una grave injerencia de las autoridades en las actividades sindicales.

(Véase Recopilación de 1985, párrafo 187.)

169. La actitud de las autoridades de secuestrar sistemáticamente una publicación sindical, no parece compatible con el principio según el cual el derecho de expresar opiniones por la prensa o de cualquier otra manera es uno de los aspectos esenciales de los derechos sindicales.

(Véase Recopilación de 1985, párrafo 188.)



tomado de la OIT

AN prepara debate sobre reforma a Ley Orgánica del Trabajo

La Comisión de Desarrollo Social Integral de la AN realizó una nueva reunión de trabajo para continuar definiendo y avanzar en la planificación de la reforma a la Ley Orgánica del Trabajo (LOT).

En esta reforma, las trabajadoras y los trabajadores tendrán protagonismo principal.

El diputado Oscar Figuera, presidente de la instancia parlamentaria, informó que será antes del receso legislativo del 15 agosto que entreguen el primer informe para sistematizar el debate y la consulta de la reforma antes citada, cuya aprobación definitiva se espera realizar en el año 2009, indica una de prensa del ente legislativo.

Resaltó Figuera que la comisión, por intermedio de sus diputadas y diputados, planificará el debate a través de foros denominados Los trabajadores toman la palabra, esto para registrar los planteamientos de estos actores.

Cabe recordar que esta comisión tiene en su agenda la reforma a la LOT, proyecto que fue aprobado en primera discusión en junio de 2003.

Este documento servirá de insumo para reiniciar la segunda discusión, pero el debate de fondo tendrá en cuenta no sólo los contenidos de carácter reivindicativo, sino también los de carácter político, analizándolos desde el método dialéctico de construcción de las leyes, precisó Figuera.

Por su parte, el director general de Investigación y Desarrollo Legislativo, Pedro Sassone, expuso el mencionado método dialéctico de construcción de leyes.

En la definición de los ejes fundamentales para el debate de la reforma a la ley se aspira a llegar a normas integrales en base a los temas que a continuación se enumeran: la seguridad social, el movimiento sindical y el sindicalismo necesario en un proceso revolucionario, las relaciones de producción y el trabajo como factor de apalancamiento de la sociedad socialista y las relaciones laborales en las cooperativas, en las empresas de producción social y en las empresas socialistas.

Otros de los temas que serán abordados son los consejos de trabajadores, los indicadores de trabajo digno, la visión de género para el desarrollo del derecho de trabajo, la flexibilización del mercado laboral (tercerización) y la garantía de estabilidad laboral, la retroactividad de las prestaciones, la mejora de las condiciones económicas en cuanto a beneficios no salariales y la reducción de la jornada de trabajo.

También analizarán el trabajo de las amas de casa, los derechos laborales de los trabajadores no dependientes, el fortalecimiento institucional para vigilar el cumplimiento de la normativa, la participación y contraloría social en el Ministerio del Poder Popular para el Trabajo, la cultura del trabajo y rendimiento de la empresa y la educación no formal en tópicos generales.

De la misma forma, prevén discutir el respeto a los derechos humanos, la conservación del medio ambiente y el acercamiento de los regímenes especiales de seguridad social al régimen principal.

El proceso de debate y consulta también tendrá en cuenta a los sujetos institucionales, entre los que se cuentan organizaciones sindicales y patronales, la Organización Internacional del Trabajo (OIT), el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), las universidades, el Ministerio del Poder Popular para el Trabajo y la Seguridad Social y los órganos dependientes, Procuraduría General de la República y jueces del Trabajo.

Cadena Global/ABN

23 julio 2008

441 ANIVERSARIO DE CARACAS

Saltando atrás en la historia
Hoy, el viejo centro de la ciudad es apenas más que una referencia de los desvanecidos edificios que originalmente dieron vida y forma a la población, la cual el conquistador Diego de Losada, en su usual forma pomposa, bautizó “Santiago de León de Caracas” hace más de 400 años.

Escudo de Caracas

Caracas es una verdadera ciudad moderna, y los habitantes han aprendido a amarla, con todos sus defectos y virtudes.

Una imponente montaña rodea la ciudad hacia el norte, creando un juego cambiante de luz y sobra. El verde del Ávila continua dentro de los parques de la ciudad, avenidas, balcones e interiores de las casas y oficinas.

Igualmente sin reserva están las autopistas que corren de arriba a abajo y todos los alrededores de la ciudad... tal es la explosión de la población de esta metrópolis que pequeños osos asemejan la paz del pueblo silvestre que fue al pasar de siglo.

Hoy, los jóvenes habitantes de Caracas son bien conocidos por su búsqueda de la felicidad.

Fundación de Caracas

En el siglo XV, durante 1498, los españoles descubrieron las costas venezolanas y comenzaron con su colonización en estas regiones. Pero no fue sino hasta el siglo XVI, en 1558, que se aventuraron a expandir su colonización a otras áreas, haciéndose el primer intento en lo que hoy es conocido como la ciudad de Caracas.

Las tribus indígenas que poblaban ese territorio se resistieron a su colonización debido a su carácter aguerrido, intransigente y tolerante a la penetración y al sometimiento.

Muchos fueron los intentos, y también los fracasos, de este proceso. Pero no fue sino hasta el año 1567, cuando llegó al valle una expedición proveniente del Tocuyo precedida por el capitán Diego de Lozada, que se logró la fundación de un pueblo con el nombre de “Santiago de León de Caracas”. Santiago por el apóstol tradicional de la reconquista española, que era el santo militar de España, León por el nombre del gobernador de la Provincia para ese momento, Ponce de León, y Caracas porque así se llamaban las tribus indígenas que habitaban esa región.

Fue a partir de esa pequeña fundación que comenzó a surgir la que hoy se conoce como la capital de Venezuela, Caracas.

Monumentos Históricos en Caracas

El Capitolio
Dos notables registros históricos, el Acta de la Firma de la Independencia y el mural épico por Tovar y Tovar representando la Batalla de Carabobo, han sido por mucho tiempo una parte inseparable de este monumento. Construido por Guzmán Blanco en 1872, fue originalmente la sede del Poder Ejecutivo, después perteneció a la Corte Federal y a la Legislatura.

El Capitolio

Con la llegada de la democracia, la última dependencia del gobierno fue permanentemente instalada allí. La bella cúpula que remonta el vuelo sobre el Salón Elíptico es uno de los puntos principales de interés.

El Concejo Municipal
El Palacio Municipal ha restituido la antigua Capilla del Colegio Santa Rosa a su apariencia del 5 de Julio de 1811, cuando el Acto de la Independencia de Venezuela fue firmado allí.

El Concejo Municipal

Las líneas sobrias de sus cuartos, los grandes ventanales, el altar, el púlpito barroco, las sillas y pinturas conspiran para evocar aquel punto de cambio de la historia de la nación.

Lunes a Domingo: 9 a.m. a 11 a.m., 2 p.m. a 4 p.m.

La Casa Amarilla

Desde su pasado como una penitenciaría -el presente Ministerio de Relaciones Exteriores fue originalmente la Prisión Real- aún se pueden encontrar grillos, barras de hierro y cadenas en aquellos calabozos en el sótano.

La Casa Amarilla

Durante un intervalo republicano ésta llegó a ser la casa del Concejo Eclesiástico de Caracas. Su salón principal dio fe del arranque del movimiento independentista en aquel histórico 19 de abril de 1810, dirigido por el Concejo Municipal ampliado con delegaciones elegidas por el pueblo, y por una norma que emergió del anonimato para alcanzar la inmortalidad como el Padre Madariaga, y el último Capitán General. Este fue el comienzo del fin del colonialismo Español en Venezuela. Rica en historia, la Casa Amarilla fue también la residencia del Presidente Cipriano Castro, quien desocupó el lugar como resultado del terremoto de 1900. Visitándolo hoy en su rol como Ministerio de Relaciones Exteriores, con sus armoniosos espacios arquitectónicos, obras de arte e inquilinos hospitalarios, éste resulta maravilloso para revocar su turbulento pasado.

Arco de la Federación

En el siglo 18 la colina del Calvario fue un lugar de peregrinación durante la Semana Santa. Guzmán Blanco luego la convirtió en un paseo. Joaquín Crespo construyó la Capilla de Lourdes y el Arco de la Federación, a finales de 1895, en conmemoración de la batalla liberada en Caracas desde el dominio Real.

Arco de la Federación
Arco de la Federación A pesar de las buenas intenciones, los habitantes la hicieron el blanco de su usual buen humor, bromeando de que Crespo había construido un puente para ir por debajo de éste y un túnel para ir por arriba, refiriéndose a la localización del viaducto con respecto al túnel.

El Monumento a los Próceres de la Independencia

El gobierno venezolano decidió en 1956 la construcción de una obra monumental que sirviera de homenaje póstumo a los precursores y próceres de la independencia. Para realizarla contrató a excelentes arquitectos y artistas.

Los Próceres

Éstos durante largos años, se dedicaron a diseñar una avenida de aproximadamente 2 kilómetros de largo, llamada a quedar, para la historia de Venezuela y de toda la América, como un testimonio de fervor y respeto de los venezolanos hacia quienes lo sacrificaron todo, incluso la vida, por la libertad de cinco naciones. Una vez concluida la obra se resolvió denominarla El Sistema de Nacionalidad. La obra, de grandiosas proporciones, resume todo el proceso de la emancipación de Venezuela, Colombia, Ecuador, Perú y Bolivia.

Para obra de tal magnitud, la nobleza augusta del mármol con su prestigio clásico, era lo que se imponía como medio. Calzadas, muros y escaleras de mármol, fuentes luminosas también hechas de mármol... Venezuela no reparó en esfuerzos para honrar a sus héroes.

La larga avenida, popularmente conocida como Paseo de los Próceres, está al sur de Caracas, a un costado del mayor complejo militar del país.

Iglesias en Caracas

Catedral de Caracas
Aquí fue bautizado Simón Bolívar el 30 de Julio de 1783. Se encuentra ubicada frente a la Plaza Bolívar de Caracas. Su época de construcción data de mediados del siglo XVII (1665).

Catedral de Caracas

Basílica de Santa Teresa
Está ubicada en ala Esquina La Palma Sur 2 y Sur 8, Av. Sur. Su época de construcción fue a mediados del siglo XIX (1873).

Santa Teresa

Basílica Menor Santa Capilla
Iglesia de estilo gótico, replica en menor escala de la Santa Capilla de París. El 5 de Agosto de 1926 el Papa Pio XI la designó Basílica Menor. Se localiza en la Avenida Urdaneta, Esquina de Santa Capilla, a una cuadra de la Plaza Bolívar. Su construcción fue realizada en el año de 1883.

Santa Capilla

Iglesia de San Francisco
Se encuentra ubicada frente al Congreso de la República, en la Avenida Universidad, Esquina de San Francisco. Fue construida entre los años 1745 y 1887.

TOMADO DE: UNIVERSIDAD DE NUEVA ESPARTA

15 julio 2008

Este Año: MASIVA ASISTENCIA DE HIJOS DE EMPLEADOS JUDICIALES AL PLAN VACACIONAL 2008

Mérida (CDS) Con masiva asistencia de los hijos de trabajadores judiciales este 14 de julio de 2008 se dió inicio al plan vacacional correspondiente a este asueto escolar. Con la supervisión del mismo Presidente Seccional del SUONTRAJ, Richard Dávila, el sindicato de los trabajadores judiciales supervisa las actividades que la empresa escogida por la DEM organiza para cumplir con el ordinal 8 de la cláusula 33 de la vigente Convención Colectiva de Empleados.

Informaremos sobre el desarrollo del plan vacacional, por lo pronto el primer día ha sido lleno de éxito.