Román Duque Corredor recuerda que la designación de Tarek William
Saab se fundamentó en una sentencia emitida ese mismo día por la Sala
Constitucional del Tribunal Supremo, mediante la cual interpretó en
forma “acomodaticia y forzada” el artículo 279 de la carta magna
La designación de Tarek William Saab por mayoría simple y no
por las dos terceras partes de los integrantes de la Asamblea Nacional
como manda la Constitución lo deslegitima como nuevo defensor del
pueblo, y su notoria vinculación con el partido de gobierno lo
inhabilita éticamente para ejercer el cargo.
Así lo denunció el
vicepresidente del Instituto Latinoamericano del Ombudsman, Román Duque
Corredor, en una carta dirigida al presidente de ese organismo, Carlos
Constela.
En la misiva, Duque Corredor recuerda que la designación
de Saab se fundamentó en una sentencia emitida ese mismo día por la
Sala Constitucional del Tribunal Supremo, mediante la cual interpretó en
forma “acomodaticia y forzada” el artículo 279 de la carta magna.
“Al
no poder obtener el partido oficial las dos terceras partes requeridas,
la designación se debía someter el a una consulta popular. El Consejo
Moral Republicano ya había enviado las respectivas ternas, pero
subrepticiamente participó que no se había logrado un acuerdo entre sus
tres miembros, con el propósito de que el Poder Ciudadano fuera
directamente designado por la Asamblea Nacional”, explica el también ex
presidente de la Academia de Ciencias Políticas y Sociales.
“Con
esta sentencia se violaron normas de la Constitución relativas a la
legitimidad de origen democrática de los miembros del Poder Ciudadano y
de respeto a la soberanía popular”, insistió Duque Corredor.