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25 abril 2018

¿Cómo saber si alguien es (o no) preso político?: Estos son los criterios

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Las características definidas por ONG venezolanas son estudiadas a nivel internacional
“Si en algo ha sido innovador el Gobierno es en crear nuevas fórmulas de persecución”, indicó Himiob
El director  del Foro Penal, Gonzalo Himiob, expuso este jueves los tres criterios que considera su organización para definir a una persona como presa política en Venezuela, ante los cambios que ha habido en las fórmulas para la persecución en el país.
Estos criterios han sido trabajados por diversas organizaciones no gubernamentales nacionales y, según explicó Himiob, están siendo estudiados a nivel internacional, en la Organización de Estados Americanos y han llegado a ser analizados por el Alto Comisionado de los Derechos Humanos de la ONU.
“Son criterios que se están validando a nivel mundial, porque si un país ha innovado en esto (la persecución) es Venezuela”, señaló Himiob durante un foro sobre justicia militar organizado por la ONG Acceso a la Justicia.
Criterios para considerar a alguien como preso político
1) Debe haber sido privado de libertad de forma arbitraria. El artículo 44 de la Constitución plantea dos escenarios principales para que una persona sea detenida: cuando es capturada en flagrancia o cuando hay una orden de detención en su contra. Si la persona es detenida sin orden y no está cometiendo un delito, es una detención arbitraria.
2) La persona no debe haber recurrido a la violencia en el hecho en el que fue detenida. Este criterio —explicó Himiob— es de Amnistía Internacional para considerar a alguien como preso de conciencia.
3) La detención debe tener motivos políticos.
Foto: Rafael Briceño – Contrapunto/Archivo
En el trabajo para la creación del proyecto de Ley de Amnistía, las organizaciones no gubernamentales que participaron llegaron a definir hasta 33 criterios para determinar una motivación política en una detención.
Estos señalamientos fueron explicados y reducidos por Himiob a tres fundamentales:
1) La persona es detenida para ser neutralizada por lo que significa o representa a nivel individual. Es decir, aquellos que son detenidos por su significado para un grupo de personas o su liderazgo.
En este aspecto, el caso principal y más representativo es el de Leopoldo López. Como él, los de Antonio Ledezma, Daniel Ceballos y otros dirigentes políticos detenidos por su significado y peso en el sector opositor.
2) Detención de una persona no por su significado individual, sino por su pertenencia a un grupo u organización que el Gobierno quiere neutralizar. No son detenidos por sus acciones individuales, sino para enviar un mensaje al grupo al que pertenecen.
Es el caso de los estudiantes detenidos en protestas o de la propia jueza María Lourdes Afiuni, cuyo caso no respondía solamente a su acción judicial, sino que sirvió de mensaje a los jueces que actúen de forma contraria a las líneas de gobierno.
3) Detenciones para crear una narrativa oficial que justifique fallas del Gobierno en algunos sectores. El Gobierno captura a varias personas y los responsabiliza por situaciones que necesita incluir en su narrativa.
Este es el caso de los detenidos entre los panaderos acusados de supuestamente acaparar pan, de los capturados por su presunta relación con Óscar Pérez, a quienes señalan de una supuesta conspiración, o de los comisarios de la Policía Metropolitana cuya prisión es necesaria para mantener la narrativa oficial que responsabiliza a la oposición por los hechos del 11 de abril de 2002, explicó Himiob.
 
Foto: Rafael Briceño – Contrapunto/Archivo
Cumplir o no estas características es lo que diferencia a los listados del Foro Penal sobre el total de presos políticos a los que mantienen los partidos políticos, cuyos criterios no siempre responden a las definiciones jurídicas en este sentido.
Esto, explicó Himiob, se refiere a la categorización de las personas como presas políticas. Hay otros casos, muchos, de detenciones injustas o arbitrarias, que en efecto tienen incumplimientos al debido proceso, pero no representan prisión política.
“Toda detención política es arbitraria, pero no toda detención arbitraria es política”, puntualizó Himiob.