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06 septiembre 2013

Sala Penal del TSJ declara procedente solicitar extradición de un venezolano al Gobierno del Reino de España

La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia declaró procedente la solicitud de extradición activa del ciudadano venezolano, Ciro Alberto Uzcátegui Vivas, al Gobierno del  Reino de España, para ser procesado por la presunta comisión de los delitos de estafa agravada y fraude ambos en la modalidad de continuados; apropiación indebida calificada, asociación para delinquir y captación indebida. 

Indica la sentencia del máximo Juzgado venezolano, que se asume el firme compromiso ante el Gobierno español que dicho ciudadano será procesado por la presunta comisión de los señalados delitos, con las debidas garantías constitucionales, procesales-penales establecidas en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
El fallo de la Sala de Casación Penal, con ponencia de su vicepresidente, magistrado Héctor Coronado Flores, precisa que además de verificarse todos los requisitos de procedencia establecidos en el Tratado de Extradición entre la República de Venezuela y el Reino de España, también se cumple con los Principios Generales que regulan la institución de la Extradición, a nivel del Derecho Interno y del Derecho Internacional, como lo son el principio de la doble incriminación, el principio de la mínima gravedad del hecho, el principio de la no entrega de nacionales y los principios relativos a la pena.
En el presente caso, el 16 de abril de 2010, el Juzgado Segundo de Primera Instancia en Funciones de  Control  del Circuito Judicial Penal del estado Mérida, dictó orden de aprehensión contra Ciro Uzcátegui Vivas, pero la medida no se ha podido ejecutar por cuanto dicho ciudadano no se encuentra en territorio venezolano. Sin embargo, el pasado 29 de julio fue detenido en territorio español, específicamente en Pamplona, por lo que el máximo Tribunal declaró procedente solicitar su extradición.

Fecha de Publicación:
  05/09/2013

ver sentencia: http://www.tsj.gov.ve/decisiones/scp/agosto/328-28813-2013-E13-295.html