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09 enero 2013

TSJ: No es necesaria la toma de posesión porque hay continuidad

    "A pesar de que el 10 de enero se inicia un nuevo período constitucional, no es necesaria una nueva toma de posesión en su condición de Presidente electo", expresó la presidenta del Tribunal Supremo de Justicia, Luisa Estella Morales, quien alegó que existe continuidad administrativa.

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    Morales dijo que no se necesita junta Médica (Cortesía AVN)

    ALICIA DE LA ROSA |  EL UNIVERSAL

    miércoles 9 de enero de 2013  12:41 PM

    Caracas.- Ante la decisión del presidente Hugo Chávez de no presentarse el 10 de enero por su delicado estado de salud, la presidenta del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), Luisa Estella Morales, aseguró que no es necesaria la formalidad de la toma de posesión del presidente reelecto porque "existe continuidad administrativa".

    "A pesar de que el 10 de enero próximo se inicia un nuevo período constitucional, no es necesaria una nueva juramentación en su condición de Presidente electo porque no hay interrupción en el ejercicio del cargo", resaltó Morales, al tiempo que precisó que "aunque sea necesario el juramento, no es una condición para que se rompa con la continuidad administrativa".

    "Se trata de un presidente reelecto, la reelección presidencial tiene que ver con la aprobación de su gestión, el buen gobierno tiene peso. El presidente de la República no es un nuevo presidente que tiene que tomar posesión del cargo, es un presidente con una gestión aprobada por el soberano", agregó.

    Alegó la magistrada que hasta la presente fecha el presidente Chávez se ha ausentado del territorio nacional "por su salud", con "autorización de la Asamblea Nacional" y "de conformidad con el artículo 235".

    El 235 establece que cuando se prolongue la ausencia del Presidente de la República por más de 5 días del territorio nacional, será la Asamblea Nacional, quien autorice la prolongación del permiso.

    Asimismo, indicó que "no es necesario llamar a una junta Médica" porque el presidente Hugo Chávez en su cadena del 8 de diciembre "dejó claro las razones de su salida del país, recuperarse de su enfermedad".

    "En ningún momento ha considerado el Tribunal Supremo de Justicia que haya motivos para convocar a una junta médica", sostuvo.

    Dijo que no debe considerarse que la ausencia del Presidente, "configure falta temporal en los términos del artículo 234 de la Carta Magna, sin que así lo dispusiere el Jefe de Estado mediante decreto".

    "Es el Presidente el que debe expresamente solicitar la falta temporal a través de un decreto", insistió.   

    Para Morales no está planteado "las condiciones de tiempo, lugar y modo de la juramentación del Presidente", esto en referencia a la pregunta de un periodista sobre la posibilidad de realizar el acto de juramentación en La Habana, Cuba.

    "Sabemos que es necesario y que indudablemente se va a cumplir con la juramentación pero en este momento no podemos adelantar cuándo, cómo y dónde se juramente el Presidente. Lo que si podemos decir es que será cuando cese la causa sobrevenida, el padecimiento de cáncer", destacó.

    Las declaraciones las hizo la magistrada durante una rueda de prensa que fue transmitida en cadena nacional de radio y televisión, donde resaltó que la decisión de la Sala Constitucional fue una ponencia conjunta "para llevar a los venezolanos la certeza, la paz que la Constitución ha previsto en la vida ciudadana".

    "La decisión se tomó en base a la solicitud de Marelys D' Arpino, una ciudadana que solicitó la interpretación del alcance y contenido del artículo 231 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, relativo a la juramentación del presidente Chávez", expresó la presidenta del TSJ. 

    Un gran número de periodistas de medios nacionales y sobretodo de corresponsales extranjeros esperaron por más de tres horas que se congregaran los magistrados del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) para realizar el pronunciamiento de la Sala Constitucional.