Búsqueda personalizada

27 junio 2012

GN asumió las nuevas tareas que le dio el TSJ en los juzgados

Denuncian que la militarización de las sedes judiciales viola el COPP

La GN también resguarda las sedes judiciales VICENTE CORREALE/ARCHIVO

EL UNIVERSAL

viernes 22 de junio de 2012  12:00 AM

JUAN FRANCISCO ALONSO
La Guardia Nacional ya asumió la nueva tarea que le asignó el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), organismo que resolvió encomendarle al componente militar la tarea de trasladar a los imputados y acusados que estén detenidos desde los calabozos de los palacios de Justicia hasta los distintos juzgados donde tienen sus respectivas causas.

Desde el miércoles se pudieron ver por los pasillos de la sede de los penales de Caracas a uniformados llevando a procesados esposados ante los jueces. Asimismo se pudo observar a otros portando chalecos antibalas y fusiles vigilando los accesos al edificio ubicado en la esquina de Cruz Verde y así como las entradas de las salas de audiencia y de los corredores que llevan a los tribunales de Control.

Hasta la semana pasada los alguaciles eran los responsables de llevar a acusados a los tribunales para sus juicios y demás actos. Sin embargo, una resolución que el pleno del TSJ adoptó en mayo y que salió publicada en la Gaceta Oficial el pasado viernes les arrebató esa potestad.
En las últimas horas se han registrado impasses entre algunos funcionarios tribunalicios y militares, debido a que los segundos están exigiendo a todos los que laboran en los juzgados que porten sus identificaciones.

En el Sindicato Unitario Organizado de Trabajadores de la Administración de Justicia (Suontraj) denuncian que la militarización de la sede judicial es contraria al reformado Código Orgánico Procesal Penal (COPP), el cual le da a los alguaciles la tarea de velar por el orden dentro de las edificaciones tribunalicias.

La GN está despleagada en el Palacio de Justicia de Caracas

Los efectivos militares asumieron la nueva tarea que les encomendó el TSJ de trasladar a los procesados, pero causó malestar en el personal tribunalicio, especialmente en los alguaciles.

JUAN FRANCISCO ALONSO |  EL UNIVERSAL

jueves 21 de junio de 2012  12:57 PM

Caracas.-La Guardia Nacional ya asumió la nueva tarea que le asignó el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), organismo que decidió encomendarle al componente militar la responsabilidad de trasladar a los imputados y acusados desde los calabozos hasta los distintos tribunales penales donde tienen causas abiertas.

Desde el miércoles se pudieron ver por los pasillos del Palacio de Justicia uniformados llevando a procesados esposados.

Anoche introdujeron más de 80 camas para el destacamento que se encargará de la seguridad, dentro del Palacio de Justicia.

Asimismo, se vio a guardias portando chalecos antibalas y fusiles realizando tareas de custodia junto a los funcionarios de seguridad de la Dirección Ejecutiva de la Magistratura (DEM).

Hasta esta semana los traslados de presos y la seguridad de los juzgados eran funciones de los alguaciles, quienes recibieron el cambio con malestar.

En las últimas horas se han presentado altercados debido a que los efectivos militares están exigiendo a todos los trabajadores judiciales, incluyendo a los alguaciles, que porten en un lugar visible sus acreditaciones.

LARA: Detenido jefe de seguridad de la DEM

Sábado 16 Junio 2012 - 11:29 El jefe de seguridad de la Dirección Ejecutiva de la Magistratura (DEM), Región Centroccidental, fue detenido por varios delitos y recluido en la cárcel de Tocuyito, según trascendió de fuentes judiciales. Guillermo Alexánder Velásquez Palacios, quien ocupaba un cargo de alta investidura dentro del Tribunal Supremo de Justicia, fue detenido en Barquisimeto por el delito de estafa inmobiliaria, concretamente un desfalco en la Misión Vivienda.

FUENTE:http://www.elinformador.com.ve/noticias/sucesos/lara/detenido-jefe-seguridad/60083

24 junio 2012

Sala Constitucional del TSJ reabre caso sobre muerte de Fabricio Ojeda

EL UNIVERSAL
jueves 21 de junio de 2012 10:05 PM

Caracas.- La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) anuló este jueves la sentencia dictada el 26 de agosto de 1966, en el caso del fallecido periodista, maestro y diputado Fabricio Ojeda.

En este sentido, el magistrado ponente Juan José Mendoza Jover declaró con lugar la revisión constitucional solicitada por los abogados Juan Carlos Tabares Hernández, Espartaco Martínez y Alba Martínez Geara, reseñó AVN.

De acuerdo con una nota divulgada por el TSJ, el máximo organismo judicial declaró terminada la averiguación sumaria iniciada con ocasión de la muerte de Fabricio Ojeda, en virtud de no revestir carácter penal los hechos de la referida averiguación.

El magistrado ordenó oficiar a la jefa de la Oficina de Archivo Judicial del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, para que dentro de los 10 días siguientes al recibo de la respectiva notificación, y a los fines de la continuación de la investigación correspondiente, remita el expediente original Nro. 2.561 a los prenombrados representantes del Ministerio Público, comisionados en el presente caso.

Este jueves se conmemoran 46 años de la muerte de Fabricio Ojeda. A finales de 1962, Ojeda fue detenido y sentenciado por un Consejo de Guerra a 18 años de presidio por rebelión militar. Pero recluido en la cárcel de Trujillo, logró fugarse en compañía de otros compañeros.

El 19 de junio de 1966, Fabricio Ojeda fue detenido en La Guaira, y dos días más tarde fue asesinado.

Alertan que con el COPP "se decretó" impunidad de 70% de delitos

EL UNIVERSAL
sábado 23 de junio de 2012

La diputada Delsa Solórzano (UNT), quien preside el Parlamento Latinoamericano, calificó de "muy grave" la reforma del Código Orgánico Procesal Penal, aprobada por el presidente Hugo Chávez, vía Ley Habilitante, por considerar que con la figura de los tribunales municipales se "decreta" la impunidad de 70% de los delitos establecidos en el COPP.

A su juicio con el nuevo texto legal, por delitos menores los ciudadanos no cumplirán condena de prisión. "Todos los hurtos, las estafas, la corrupción, el porte ilícito de armas de fuego no serán condenados con prisión; tendrán una pena simbólica, trabajar en una misión", afirmó Solórzano, quien ayer realizó un análisis del COPP y del lanzamiento de la Misión "A Toda Vida Venezuela", durante un foro organizado por la Fundación Democracia Social.

La dirigente repudió que el COPP haya sido aprobado vía Habilitante, ya que "este tipo de textos legales solo pueden ser aprobados o reformados por la Asamblea Nacional ya que constituye reserva legal". Citó como "cambios alarmantes" la eliminación de los escabinos, ya que violenta la participación ciudadana y los juicios en ausencia.

Consideró que la nueva misión no resolverá la inseguridad en el país. Solorzano aseguró que "80% de las policías no presta servicio de patrullaje y 50% son usados como custodios de funcionarios. "El 60% de las policías no tienen ni un rolo y 10% no tienen sistemas de comunicación", señaló.

"El significado del estudio del Derecho"

JOSÉ AGUILAR LUSINCHI | EL UNIVERSAL
sábado 23 de junio de 2012

Se podría definir de manera pragmática, cómo, el estudio de las normas que rigen la conducta del hombre dentro de una sociedad. Mas sin embargo, este servidor lo define como, la oportunidad única, que tiene una persona, en ser partícipe y coautor de la justicia; y eso mis queridos lectores es algo que no sucede muy a menudo.

Más allá de la teoría y sus principios generales, el Derecho consiste en esforzarse por ser una persona, íntegra, con un conocimiento enciclopédico del Derecho, un luchador por la justicia siguiendo la moral y la ética profesional, un líder nato dentro de los juzgados, con una gran capacidad para extraer lo mejor de los demás y con una tremenda habilidad para esclarecer el concepto legal más complejo a un colega, a una sala o al ciudadano común.

Pero hoy en día, nos encontramos, con un mundo plagado de profesionales y estudiantes del Derecho, que su fin último, no es litigar. Es decir, que los objetivos del Derecho en sí, se ven menoscabados, por la facilidad del dinero y los beneficios que esta carrera aportan a quienes la ejercen. Esta carrera no nació para quién le guste, sino para quien esté apasionado con ella. Steve Jobs lo dijo: "El éxito en hacer algo proviene cuando lo haces con pasión...", ya que de gustar, nos puede gustar un helado, una comida o un café. El Derecho no es una carrera para cualquiera...es una carrera para apasionados.

Dicha carrera lleva a su estudiantado a una vida llena de competencia, de aprendizaje, donde la palabra "esfuerzo" es la herramienta para alcanzar el reconocimiento, donde una obligación va más allá de la palabra legal, sino de la moral tanto para tu persona, como para los clientes que se representa, para así prepararse día a día y ser sus intérpretes cabales de las normas de nuestra legislación.

Un buen amigo me dijo un día, que: "Cada cuadro en el piso del palacio de justicia le pertenece a un abogado correcto, que se lo ha ganado, teniendo como bandera al momento de ejercer, la Constitución, la honestidad y los principios éticos de la abogacía, y al graduarnos, se debe aspirar a que uno de esos cuadros lleve el nombre de muchos".

Y así, algún día, jóvenes estudiantes se formarán fuera de los tribunales en colas, con calor, hambre y otras circunstancias penosas, solo para ver litigar a la persona que lo inspiró a estudiar su carrera.

Y ese puede ser cualquiera que hoy se encuentre en salones de clases, preparándose para el mañana.

joseaguilarlusinchi@yahoo.com

@jaguilalusinchi

19 junio 2012

En Gaceta 14 leyes aprobadas vía Habilitante.

Emen.- Entre las leyes que se publicaron en Gaceta Oficial N° 39.945 está el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Especial del Fondo Nacional de Prestaciones Sociales.

En total son 14 leyes oficializadas hoy:

Decreto N 9.033, mediante el cual se dicta el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley del Fondo Nacional para Edificaciones Penitenciarias.

Decreto N 9.041, mediante el cual se dicta el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de Bienes Públicos.

Decreto N 9,042, mediante el cual se dicta el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley del Código Orgánico Procesal Penal.- (Véase N 6.078 Extraordinario de la GACETA OFICIAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, de esta misma fecha).

Decreto N 9.043, mediante el cual se dicta el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica para la Gestión Comunitaria de Competencias, Servicios y Otras Atribuciones.- (Véase N 6.079 Extraordinario de la GACETA OFICIAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, de esta misma fecha).

Decreto N 9.044, mediante el cual se dicta el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de Turismo.- (Véase N 6.079 Extraordinario de la GACETA OFICIAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, de esta misma fecha).

Decreto N 9.045, mediante el cual se dicta el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica del Servicio de la Policía de Investigación, el Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas y el Instituto Nacional de Medicina y Ciencias Forenses.- (Véase N 6.079 Extraordinario de la GACETA OFICIAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, de esta misma fecha).

Decreto N 9.046, mediante el cual se dicta el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley del Estatuto de la Función de la Policía de Investigación.

Decreto N 9.047, mediante el cual se dicta el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de la Gran Misión Saber y Trabajo.

Decreto N 9.048, mediante el cual se dicta la Reforma Parcial del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley del Régimen Prestacional de Vivienda y Hábitat.

Decreto N 9.049, mediante el cual se dicta el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Atención al Sector Agrario.

Decreto N 9.050, mediante el cual se dicta el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley para la Determinación del Justiprecio de Bienes inmuebles en los casos de expropiaciones de emergencia con fines de poblamiento y habitabilidad.

Decreto N 9.051, mediante el cual se dicta el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley sobre Acceso e Intercambio Electrónico de Datos, Información y Documentos entre los Órganos y Entes del Estado.

Decreto N 9.052, mediante el cual se dicta el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley que promueve y regula las nuevas formas asociativas conjuntas entre el Estado, la iniciativa comunitaria y privada para el desarrollo de la economía nacional.

Decreto N 9.053, mediante el cual se dicta el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Especial del Fondo Nacional de Prestaciones Sociales.

Morales pide que se le dé un chance a la reforma del COPP.

JUAN FRANCISCO ALONSO | EL UNIVERSAL
sábado 16 de junio de 2012

Pese a que su contenido no ha sido difundido aún y a que no fue producto de una discusión en la que participaron todos los sectores, la presidenta del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), magistrada Luisa Estella Morales, pidió un voto de confianza para la modificación del Código Orgánico Procesal Penal (COPP) que el Gobierno aprobó esta semana.

"Esperemos que se ponga en funcionamiento esta reforma para que puedan valorar si era acertada o no", afirmó ayer la funcionaria Constitucional durante una rueda de prensa, la primera que dio este año en la sede del máximo juzgado y en la que solamente se permitió a ocho periodistas preguntar.

Tras anunciar que la Sala Constitucional, instancia que también encabeza, validó el carácter orgánico del instrumento, la funcionaria volvió a salirle al paso a las criticas que aseguran que el presidente Hugo Chávez no puede dictar dicho instrumento a través de la Ley Habilitante, debido a que es asunto del Parlamento.

"La Constitución prevé la posibilidad de que el Presidente habilitado pueda legislar, dictar decretos, en materias urgentes", aseveró.

Promete orden

Al ser consultada sobre la necesidad real de reformar la ley, cuando un reportaje publicado por este diario el pasado 28 de mayo reveló que en Caracas los jueces penales convocan más actos de los que se pueden realizar y sin tomar en consideración los compromisos de los jueces y defensores, Morales replicó: "El COPP es una ley que trata de solventar algunos problemas que existe en nuestro proceso penal, el resto de los asuntos: La falta de información, que si se fijan dos audiencias a la vez y otros que no los niego, se tratan más de administración judicial".

Acto seguido, aseguró que "hoy mismo (ayer)" comenzarán a revisar el funcionamiento de los juzgados capitalinos para "y corregir" las fallas que puedan estarse presentado.

El Universal, en su investigación, dio cuenta que cada uno de los 30 jueces de Juicio de Caracas convoca, en promedio, diez actos (audiencias de inicio o continuación de juicio y de selección y depuración de escabinos) diariamente, pese a que en el Palacio de Justicia solamente hay 15 salas. También reveló que los funcionarios no toman en cuenta los compromisos que los fiscales y defensores tienen en los demás juzgados, por lo que hay funcionarios del Ministerio Público que llegan a ser citados a 13 audiencias diariamente, muchas de ellas a la misma hora.

Despejando dudas

Morales negó que la supresión de los escabinos, ciudadanos llamados a ayudar a los jueces a decidir sobre la inocencia o culpabilidad de una persona, implique el fin de la participación ciudadana en la administración de justicia. "La participación popular se garantiza de manera más efectiva sobretodo en la ejecución de la pena de los delitos menores", alegó.

El COPP prevé que los condenados por crímenes castigados con penas menores a ocho años de prisión no terminen tras las rejas, sino que deban realizar trabajo comunitario.

Justificó la prohibición de acumular causas, alegando: "Se está trabajando para evitar la impunidad, que una persona que cometa más de un delito sea enjuiciada por uno y que el resto de los delitos queden impunes".

Sin embargo, no supo precisar qué le ocurrirá a la persona que sea condenado por distintos crímenes. ¿Se les aplicará la pena más alta? ¿Se sumarán las distintas condenas?

Por último, negó que se hayan restablecido los juicios en ausencia y aclaró que lo que se permitirá ahora es procesar a los acusados que están detenidos y que no quieren comparecer ante los jueces, pero siempre garantizándole la presencia de su abogado o de un defensor público en su defecto.

Gobierno desentierra el proceso penal de la IV República.

JUAN FRANCISCO ALONSO | EL UNIVERSAL
lunes 18 de junio de 2012

"Donde dije digo ahora digo Diego". El Gobierno nacional sigue a pie juntillas este refrán, pues aunque insistentemente critica todo lo hecho por administraciones anteriores, sigue sus pasos, al menos en lo que tiene que ver con la materia de la justicia penal.

Así lo denunciaron el ex decano de la Facultad de Ciencias Políticas y Jurídicas de la Universidad Central de Venezuela y el catedrático de Derecho de esa casa de estudios, Alberto Arteaga Sánchez y Carlos Simón Bello, respectivamente, para quienes la reforma del Código Orgánico Procesal Penal (COPP) que el Ejecutivo aprobó esta semana equivale a desenterrar el derogado Código de Enjuiciamiento Criminal, en el cual no existía el principio de presunción de inocencia.

"Este cambio implica un retroceso de más de 13 años y la vuelta a un modelo donde con un auto de detención ya se condenaba a una persona, porque los ciudadanos se tenían por culpables", afirmó Arteaga, quien lamentó que para intentar el problema carcelario las autoridades estén dispuestas a sacrificar garantías fundamentales como el derecho de todo imputado o acusado a ser escuchado.

Bello, por su parte, considera que la modificación de la norma que regula cómo se deben conducir las investigaciones y los juicios, contiene deposiciones peores que las que tenía el anterior Código, porque "aunque el derogado establecía un sistema inquisitivo, contenía ciertas garantías y además fue aplicado por gobiernos democráticos; pero este será aplicado por un régimen con unos tintes autoritarios, lo cual abre las puertas para infinidad de abusos".

Ambos juristas denunciaron que durante estos años las autoridades, en especial las del TSJ, no realizaron las inversiones necesarias para adaptar a los organismos que actúan en el sistema de administración de justicia y a la sociedad al nuevo modelo.

Aunque aclararon que no querían intentar hacer de pitonisos, tanto Arteaga como Bello auguraron que la reforma aliviará el hacinamiento carcelario en un primer momento, pero no servirá para resolver los problemas de funcionamiento de los tribunales, porque son de gestión no legales.

18 junio 2012

Publicado en Gaceta Oficial Extraordinaria el Código Orgánico Procesal Penal

Publicado el 18 de jun de 2012 2:54 pm |

 

Foto: AVN/ Alexander Gomez/ Archivo

(Caracas, 18 de junio. Noticias24) En Gaceta Oficial extraordinaria número 6.078, fue publicado el decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley del Código Orgánico Procesal Penal (Copp), en el que se establece de manera clara y precisa, que la acción penal deberá ser ejercida de oficio por el Ministerio Público.

Asimismo, se aclaran los efectos procesales del indulto y la amnistía en el procedimiento penal.

De igual forma, se suprimió la figura de los Tribunales Mixtos, que constituían uno de los factores fundamentales del retardo procesal en materia penal.

En el documento se incorporan mecanismos alternos que permitan garantizar la participación ciudadana en la administración de justicia mediante la creación de Tribunales Municipales. Como consecuencia, se elimina la figura del escabino.

En cuanto al poder disciplinario del Ministerio Público, se suprimió la referencia a las sanciones que podía aplicar directamente el o la Fiscal General de la República, por ser violatoria del debido proceso.

Con información de El Nacional

15 junio 2012

Fiscal General plantea revisar estatuto de la Corte Penal Internacional.

EL UNIVERSAL
jueves 14 de junio de 2012
Caracas.- La fiscal general de la República, Luisa Ortega Díaz, propuso la revisión del Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional, pues considera que a través de sus actuaciones este organismo ha evidenciado falta de autonomía, independencia e imparcialidad al estar supeditado al mandato del Consejo de Seguridad de Naciones Unidas.

En el marco del I Congreso Internacional de Derecho Penal, organizado por el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), la fiscal Ortega Díaz presentó la ponencia titulada "De la función Jurisdiccional de la Corte Penal Internacional", en la cual destaca que el Consejo de Seguridad tiene la potestad de calificar un acto como agresión para que el Fiscal de la Corte pueda iniciar la investigación.

En tal sentido, precisó que esta subordinación constituye una violación a los principios de independencia e imparcialidad que deben privar en el ejercicio de las funciones de todo órgano jurisdiccional nacional o internacional.

Esta situación pudiera perjudicar a aquellas personas que pertenezcan a un país de aquellos que se consideran más débiles y alejados de los centros de poder mundial, y una protección a los que se encuentran cerca, destacó Morales.

Indicó que el pronunciamiento previo que debe emitir el Consejo de Seguridad, podría constituirse en una justicia selectiva mediante criterios de poder en relación con la nacionalidad de las personas a ser juzgadas, lo que traería como consecuencia que se deslegitime la autoridad del órgano jurisdiccional.

Ortega Díaz recalcó que la Corte Penal Internacional establece responsabilidades penales y sanciones contra personas individuales y no contra Estados, por tanto son aplicables a estos casos todos los acuerdos y convenios internacionales en los que se contemplan una serie de derechos y garantías para el enjuiciamiento de las personas, entre los que se incluye la imparcialidad e independencia del juzgador.

Por tal motivo, puntualizó que en el caso de Venezuela, la Carta Magna, el Código Orgánico Procesal Penal (COPP) y la Ley Orgánica del Poder Judicial, tienen características que corresponden a órganos de administración de justicia democráticos, los cuales son perfectamente aplicables a la Corte Penal Internacional.

La Corte Penal Internacional es un tribunal encargado de administrar justicia en aquellos casos en que presuma un crimen de agresión, lesa humanidad, genocidio o crímenes de guerra.

Artículos cuestionados

La fiscal Ortega Díaz resaltó que dentro de las normas del Estatuto de Roma está el artículo 16 que trata sobre la suspensión de la investigación o el enjuiciamiento, a través del cual el Consejo de Seguridad puede suspender la investigación y enjuiciamiento de una causa iniciada, vulnerando de este modo la debida autonomía con que debe actuar la Corte Penal Internacional.

También, destacó que el 1 de julio de 2002, el Consejo de Seguridad adoptó por unanimidad la Resolución N 1422, la cual excede a las previsiones del referido artículo 16, pues está suministrando impunidad de una manera general y anticipada a todos los hechos y personas que puedan estar relacionados con un crimen de agresión, al prohibir el inicio de la investigación.

Luisa Ortega considera que la Corte Penal Internacional por ser la institución permanente que juzga los crímenes más graves de trascendencia internacional, para que goce de la credibilidad y el respeto de toda la comunidad internacional, debe ejercer sus funciones bajo parámetros de igualdad hacia todos los destinatarios, y con independencia y autonomía de otros organismos internacionales.

También dijo que el artículo 98 del Estatuto de Roma relativo a la Cooperación con respecto a la renuncia a la inmunidad y consentimiento a la entrega, ha sido la piedra angular para que Estados Unidos, apoyado en sus grandes inversiones económicas en una gran cantidad de naciones, así como en las ayudas en distintas materias que aporta a muchas otras, presione a estos países que de alguna manera se benefician de su favor.

Esto se materializa, explicó, a través de la fijación de un acuerdo bilateral, en el que los países se comprometen a no enviar a la Corte Penal Internacional a ningún ciudadano norteamericano, ya sea civil o militar, que cometa crímenes con competencia de la Corte Penal Internacional en ese Estado, sino por el contrario, extraditarlo a Estados Unidos para que ahí sea juzgado por los hechos en que se encuentre relacionado.

En el TSJ jamás vieron con buenos ojos a los escabinos.

JUAN FRANCISCO ALONSO | EL UNIVERSAL
viernes 15 de junio de 2012

La eliminación de los escabinos, ciudadanos llamados a decidir junto a un juez sobre la inocencia o culpabilidad de una persona señalada de cometer un delito, no debe sorprender a nadie, pues casi desde el principio la incorporación de esta figura al ordenamiento jurídico venezolano generó recelos en el seno del Poder Judicial.

Ayer, durante la instalación de un congreso que organiza el máximo juzgado, la presidenta de la Sala de Casación Penal de ese organismo, magistrada Ninoska Queipo, defendió la supresión de esta especie de jurados, alegando que "el país no está preparado para tener personas que juzguen sin tener conocimiento jurídico".

Las opiniones de la funcionaria no son un hecho aislado, sino que forman parte de un criterio que defienden la mayoría de los miembros organismo rector del Poder Judicial. Desde 2003 la Sala Constitucional ha dictado varias sentencias en las cuales le ha achacado la responsabilidad de retardar la celebración de los juicios, debido a que no asisten a los mismos.

Sin embargo, el golpe más duro al escabinato se lo dio la intérprete de la Carta Magna en su fallo 2.684, de agosto de 2005, la cual redactó la presidenta de esa instancia y del TSJ, magistrada Luisa Estella Morales, donde afirmó: "Los jueces deben ser abogados -profesionales universitarios- quienes se encuentran capacitados para aplicar el derecho al caso concreto y no para ser unos simples guías de personas que no son abogados, como lo serían los escabinos, pues de conformidad con los artículos 253, 255 y 256 de la Constitución, se exige que los administradores de justicia sean profesionales universitarios que puedan formar parte de la carrera judicial".

El dictamen continuó afirmando: "La institución de los escabinos no ha sido adaptada a la realidad social ni jurídica del país, por cuanto, el ciudadano común -no abogado- no le es propio impartir justicia, lo cual ha sido una fuente de dilación judicial en los procesos penales, ya que los escabinos no acuden a las convocatorias realizadas por los Tribunales, impidiendo ello la constitución del Tribunal Mixto".

Tras denunciar que a lo largo de estos años el TSJ no lanzó ninguna campaña informativa para educar a la ciudadanía sobre el escabinato, en predios del Palacio de Justicia recordaron que hasta 2005 la principal causa del diferimiento de los juicios, al menos en Caracas, era la ausencia de los fiscales no de los escabinos.

Justicia… ¿Laboral?

Jueves, 14 de junio de 2012

El acceso a los órganos de la administración de justicia para lograr sentencias oportunas en las solicitudes presentadas, es una aspiración cada vez más lejana para la población.

Paulatinamente se olvida que el acceso a la justicia es un derecho: un derecho constitucional. Esta situación es generada por autoridades que obstruyen reiteradamente la posibilidad material de alcanzar el restablecimiento de los derechos económicos, sociales y culturales.

En Venezuela es una extravagancia la justicia, bien sea de parte de los organismos públicos competentes según el caso, bien buscando la intervención de la Defensoría del Pueblo o ejerciendo acciones judiciales en los tribunales y más aún, hablar de celeridad procesal. Hoy nos referiremos especialmente, al caso de los derechos laborales individuales y colectivos.

Las organizaciones sindicales y sus representantes ven mermadas sus posibilidades de accionar con la libertad y la estabilidad laboral que la Constitución y las leyes consagran. Las Inspectorías del Trabajo y los Tribunales, operan con tal lentitud que resulta generalmente imposible obtener un dictamen administrativo oportuno. Además, son muy escasas y hasta raras las decisiones judiciales que benefician a los trabajadores y trabajadoras. Por ello se ha agudizado en el país la violación a la libertad sindical y a la contratación colectiva, sobre todo en el sector público.

Mientras que la inamovilidad laboral no pasa de ser un mero decreto de papel, cuyo incumplimiento se demuestra a simple vista y diariamente, con las largas colas de personas despedidas injustificadamente que acuden ante las Inspectorías del Trabajo de toda Venezuela. En paralelo a esa realidad, descienden día tras día las cifras de empleo digno, con seguridad social y con calidad de vida en los centros de trabajo. Los empleadores del sector privado y el Estado, actúan frente a la violación legal en materia laboral, con la más campante impunidad.

Los 26 trabajadores del Diario Vea que fueron despedidos por inscribirse en el Sindicato Unitario de Trabajadores de las Artes Gráficas de Caracas (SUTAGSC), llevan 2 años esperando una Providencia Administrativa de la Inspectoría del Trabajo que ordene su reenganche. El Tribunal Supremo de Justicia declaró sin lugar el amparo intentado contra la Dirección Ejecutiva de la Magistratura por Francisco Cermeño, directivo del Sindicato de Trabajadores de la Administración de Justicia (SUONTRAJ), porque se le incumplió el reenganche y pago de salarios caídos. Los sindicatos petroleros de Paraguaná, estado Falcón y Tía Juana, estado Zulia, y el secretario general de la Federación Unitaria de Trabajadores Petroleros de Venezuela (FUTVP), José Bodas, denunciaron ante el Comité de Libertad Sindical de la Organización Internacional del Trabajo, las impunes prácticas antisindicales desarrolladas por PDVSA contra la legítima representación de los trabajadores en el proceso de discusión de la convención colectiva.

Para colmo el TSJ sigue sin pronunciarse sobre la admisión de la demanda incoada por PROVEA hace 2 años, exigiendo el cese de la omisión legislativa en que incurrió la Asamblea Nacional, por no dictar desde hace más de una década, la Ley de Pensiones. Estos casos desnudan de forma inobjetable la inoperancia por falta de actuación oportuna, de las Inspectorías del Trabajo y los Tribunales venezolanos. Ello embarga de escepticismo a la ciudadanía, genera violencia y afecta el ejercicio democrático ya que los órganos de administración de justicia no ejercen sus funciones.

11 junio 2012

José Amalio Graterol, abogado de la jueza Afiuni, cumple una semana detenido

Publicado el 11 de jun de 2012 9:49 pm

Foto: AM Noticias360/Archivo Noticias24

(Caracas, 11 junio – EFE).- El abogado venezolano José Amalio Graterol, quien lleva el caso de la jueza María Lourdes Afiuni, cumplió una semana de detención por supuesta obstrucción a la Justicia y hoy su defensa consignó ante el tribunal asignado a su caso los requisitos de fianza exigidos para su liberación.

“Ya consignamos todos los requisitos y esperamos que en máximo tres días salga en libertad si todo sale bien”, dijo a Efe la abogada de Graterol, Thelma Fernández.

El pasado viernes, el tribunal que lleva el caso de Graterol decidió imponer al abogado una fianza personal que consiste en que el acusado debe conseguir a dos personas que le sirvan de respaldo financiero y que demuestren al Estado que reciben un salario mensual al equivalente de casi 4.000 dólares.

“Esperamos que esta semana ya esté libre”, apuntó Fernández y reclamó que la fianza personal es un castigo desproporcionado para el delito que se le atribuye al abogado.

Además de la imposición de presentar dos “fiadores”, Graterol tiene prohibición de salida del país, no puede hablar con los medios de comunicación y debe presentarse cada quince días ante los tribunales que tramitan su caso.

“Esperamos que esta semana ya esté libre”, apuntó Fernández y reclamó que la fianza personal es un castigo desproporcionado para el delito que se le atribuye al abogado.

Graterol se encuentra detenido desde el pasado día 4 acusado de obstrucción a la justicia al negarse a comenzar una vista sin la presencia del imputado, su defendido, al alegar que no está permitido la realización de un juicio en ausencia.

La Comisión Internacional de Juristas (CIJ) expresó el miércoles pasado su preocupación por el arresto de Graterol hecho que esta organización consideró como “el episodio más reciente de una serie de vulneraciones a los principios fundamentales del Estado de derecho” en Venezuela.

Graterol y Fernández son los abogados que defienden a la jueza María de Lourdes Afiuni, detenida en diciembre de 2009 por haber presuntamente facilitado la huida del empresario Eligio Cedeño, procesado por efectuar operaciones cambiarias ilegales.

Desde febrero de 2010 Afiuni se encuentra en régimen de reclusión domiciliaria, con prohibición de hacer declaraciones a la prensa.

Horoscopolítico por Laureano Márquez

8 Jun 2012

El tránsito de Venus por El Sol que vivimos esta semana no es nada casual, es el anuncio de otro tránsito, el que le espera al país a partir de octubre. Bastó que Capriles Radonsky anunciara la inscripción de su candidatura este domingo, para que fenómenos astronómicos de distinta naturaleza comenzaran a divisarse en el firmanento, anunciando una nueva aurora política.

Es ya del dominio público, la buena suerte de la que goza el candidato opositor, todo le sale bien, no pierde ninguna elección y es soltero. La suerte en política también cuenta, tiene que ver con eso que se llama el azar, que según decía Maquiavelo es la ignorancia de las causas de las cosas. Creo que los venezolanos nos merecemos un periodo de buena estrella, aunque según los mayas el mundo se acaba en diciembre de este año. Yo no lo creo, yo me niego a aceptar que nos toque aguantar este gobierno hasta el fin del mundo. En todo caso, propongo, por si las moscas, que se adelante la toma de posesión del nuevo presidente para el mismo mes de octubre a objeto de tener al menos mes y medio de cambio y buena fortuna. Venezuela es un país en el que todos estamos acostumbrados a que un golpe de suerte nos libre a última hora de cualquier destino adverso.

El caso es que los astros están hablando y lo hacen con claridad. Las constelaciones celestes se están alineando y nos están diciendo cosas: Capricornio anuncia la recuperacion de la racionalidad colectiva porque estábamos todos como cabras. La sensatez se impone y el sentido de la política como dialogo y encuentro. Libra: nos prepara para retomar la idea de la justicia, con sus platillos en equilibrio, con jueces que no sean encarcelados y abogados que no sean esposados en los tribunales por realizar su trabajo. Virgo es la inocencia de mucha gente engañada y decepcionada que quiere redefinir su destino. Piscis, que la amabilidad que nos caracteriza será recuperada. Géminis nos señala que todo debe cambiar y no debemos repetir la historia. Escorpio recuerda que el veneno nunca trae cosas buenas y que la tolerancia es el antídoto. Tauro que el candidato tiene el toro agarrado por los cachos. Cáncer, que es un signo familiar, anuncia la reunificación de las familias divididas. Aries nos recuerda que nuestra historia sigue siendo una aventura apasionante y que con tenacidad todo se logra. Sagitario que el país está ávido de honestidad y transparencia y no de “tramparencia”. Acuario que en el futuro habrá agua y por consiguiente, electricidad y Leo que debemos tener coraje para vencer el miedo. En conclusión, los astros indican claramente que este domingo será estelar, que las calles de Caracas serán una vía láctea de millones de estrellas marchando hacia el futuro, hacia la esperanza.

@laureanomar

10 junio 2012

Plantean eliminar vacaciones colectivas en los tribunales

Reforma del COPP del Gobierno suprime los llamados "recesos judiciales"

imageRotate

El proyecto de reforma del COPP que elabora el Gobierno elimina a los escabinos, limitando así la participación ciudadana GUSTAVO BANDRES/ARCHIVO

JUANN FRANCISCO ALONSO |  EL UNIVERSAL

sábado 9 de junio de 2012  12:00 AM

Historia. En eso se convertirán los llamados "recesos judiciales" que los tribunales penales venían disfrutando año a año entre agosto y septiembre y desde mediados de diciembre y principios de enero, de aprobar el presidente Hugo Chávez, a través de la Ley Habilitante, el proyecto de reforma del Código Orgánico Procesal Penal (COPP) elaborado por el equipo que encabezó la procuradora general de la República, Cilia Flores.

En el artículo 156 del borrador al que El Universal tuvo acceso se establece que "la administración de justicia penal es una función del Estado de carácter permanente, en consecuencia, no podrá ser interrumpida por vacaciones colectivas o cualquier otra medida que afecte el cumplimiento de los lapsos procesales".

De aprobarse esta norma los jueces, abogados asistentes, secretarios, alguaciles y demás funcionarios tomarán sus vacaciones independientemente cuando cumplan un año dentro del Poder Judicial.
En los últimos años el hecho de que los jueces gozaran de dos recesos había generado malestar en distintos sectores. Incluso la defensora del Pueblo, Gabriela Ramírez, en su informe anual correspondiente a 2009 cuestionó esta situación afirmando: "La suspensión de actividades tribunalicias desde el 15 de agosto al 15 de septiembre de cada año produce una alta concentración de audiencias para el período siguiente".
Estas criticas y situaciones como las constantes crisis carcelarias han forzado al Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) a dejar sin efecto los recesos al menos en el área penal, para así agilizar los procesos en curso.
No obstante, desde el máximo juzgado en reiteradas ocasiones han negado que las paralizaciones de actividades durante agosto y navidades incentiven el retardo, pues "siempre se toman las debidas previsiones para que no sea suspendido el servicio público de administración de justicia".

"Durante estos períodos siempre hay jueces de guardia prestos a analizar los asuntos que puedan generarse", recordaron funcionarios del TSJ.

Sin embargo, en el Ministerio Público y para los abogados litigantes estas medidas han sido insuficientes. ¿La razón? "En los recesos los jueces solamente pueden conocer casos de flagrancia, ordenar detenciones preventivas y autorizar diligencias urgentes, pero no pueden iniciar juicios. Solo se pueden continuar los que ya se venían desarrollando, lo cual termina generado retardo".

Nuevas instancias

El proyecto de reforma del COPP también incluye innovaciones como la creación de la figura de los tribunales penales municipales, los cuales, según el artículo 65 del borrador, conocerán los casos de delitos "cuyas penas en su límite máximo no excedan de ocho años de privación de libertad".

No obstante, estos nuevos despachos no conocerán casos de "homicidio intencional, violación; delitos que atenten contra la libertad, integridad e indemnidad sexual de los niños y adolescentes; secuestro, corrupción, delitos contra el patrimonio público; tráfico de drogas, legitimación de capitales, contra el sistema financiero y delitos conexos".

El proyecto también les prohíbe analizar casos donde haya múltiples víctimas ni aquellos relacionados con delincuencia organizada o donde se hayan cometido violaciones a los Derechos Humanos, contra la independencia y seguridad de la Nación.

El borrador, en su disposición transitoria segunda, le da seis meses al TSJ para dictar la resolución mediante la cual establecerá "la creación, organización y funcionamiento" de los juzgados municipales.

A principios de este año, la presidenta del máximo juzgado, magistrada Luisa Estella Morales, aseguró que se crearían unos 150 de estos nuevos despachos, pero esta misma semana amplió su número hasta los 154.

Fiscal defiende la detención del abogado de Afiuni.

JUAN FRANCISCO ALONSO | EL UNIVERSAL
viernes 8 de junio de 2012

Para la fiscal general de la República, Luisa Ortega Díaz, la detención del abogado José Amalio Graterol está plenamente justificada, pues el penalista pretendió "aplicar tácticas dilatorias" e impedir que una persona fuera condenada por cometer un homicidio.

La afirmación la realizó la jefa del Ministerio Público ayer luego de inaugurar las dependencias donde funcionará la Coordinación Nacional de Protección de Víctimas, Testigos y demás Sujetos Procesales, despacho que se encargará de garantizar amparo a las personas que participen en juicios en calidad de víctimas, testigos o expertos y que sean amenazados.
"El último día, cuando la juez (Yalitza Domínguez) iba a dictar su decisión, iba a condenar (a Leonardo Colmenares por el asesinato de su esposa), ya se sabía que iba a condenar el abogado (José Amalio Graterol) comenzó a presentar obstáculos para evitar la condena y evitar que el Estado hiciera justicia", afirmó Ortega Díaz.

Los abogados del penalista detenido, quien entre otros representa a la suspendida juez María Lourdes Afiuni, aseguran que fue aprehendido por los alguaciles este lunes cuando se negó a continuar un juicio en el cual no estaba presente su cliente.

La Fiscal General no se pronunció sobre este supuesto intento de celebrar un juicio en ausencia, algo prohibido en la legislación venezolana; y solo acusó a Graterol de incurrir en una "mala práctica".
Ortega Díaz recordó que las inasistencias injustificadas de los defensores públicos y privados retardan los procesos.

Las estadísticas de la Dirección Ejecutiva de la Magistratura (DEM) dan cuenta de que hasta abril de este año, de las más de 8.000 audiencias de juicios que fueron diferidas o pospuestas en todo el país, 734 fueron debido a la ausencia de los abogados privados (598) y de los que el Estado le asigna a las personas que no pueden costearse uno (134).

Contra la CIDH

Horas antes, en el programa que conduce en Radio Nacional de Venezuela (RNV), la jefa del Ministerio Público volvió a despacharse a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), organismo al acusó de responder a directrices de Estados Unidos.

"EEUU no es parte de la Convención (Americana sobre Derechos Humanos), sin embargo, en suelo estadounidense está ubicada la institución, por ello dictan las políticas (...) Quién tiene el oro pone las reglas", dijo la funcionaria, quien agregó: "EEUU acusa a los países integrantes de la CIDH de violar los Derechos Humanos, mientras ellos financian, ordenan, manejan y controlan esta institución sin ser un miembro activo e incumplen todas las reglas establecidas por el ente".

Washington, aunque no ha firmado la Convención Americana, sí es miembro de la Comisión por serlo de la Organización de Estados Americanos (OEA) y por lo tanto está sujeto a la supervisión del organismo continental.

En 2011, la CIDH recibió 99 denuncias de violaciones a los Derechos Humanos contra EEUU y admitió a trámite 11. Asimismo fue el primer organismo internacional en solicitar el cierre de la cárcel de Guantánamo (Cuba), donde el Ejército estadounidense envía a los sospechosos de terrorismo.