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28 febrero 2011

Condenan al sindicalista Rubén González a 7 años de prisión

El dirigente de Sintraferrominera enfrentaba cargos por una protesta laboral que organizó en el año 2009. Le dictaron 7 años, 6 meses, 22 días y 12 horas de prisión. 

EL UNIVERSAL

lunes 28 de febrero de 2011  06:23 PM

Caracas.- El secretario general del Sindicato de Trabajadores de Ferrominera (Sintraferrominera), Rubén González, fue condenado a  7 años, 6 meses, 22 días y 12 horas por el Tribunal Sexto de Juicio, a cargo de la jueza Magda Hidalgo.

El dirigente era acusado de los delitos de agavillamiento, restricción del derecho al trabajo, cierre de vías, instigación a delinquir y violación de las zonas de seguridad. Con 43 testigos, se leyó el fallo en el que el tribunal consideró que González tuvo participación en hechos violentos durante las manifestaciones, que la defensa siempre aseguró que habían sido pacíficas.

En las afueras del tribunal, en el estado Bólívar, la situación fue de estupor y los trabajadores que fueron a apoyar al secretario general de Sintraferrominera clamaban por justicia, tras conocer el fallo.

Estaba detenido en la sede de la Disip desde el 24 de septiembre de 2009, tras su participación en la organización de una protesta laboral que paralizó las operaciones de la sede de Ferominera en Ciudad Piar, durante 16 días, y que buscaba el cumplimiento del contrato colectivo.

Luego de ello, se le otorgó el beneficio de casa por cárcel, pero el 21 de enero de 2010 se decidió su traslado a la sede Patrulleros del Caroní, donde estuvo recluido mientras se desarrollaba su juicio. González enfrentaba cargos que le podían acarrear penas de prisión por hasta 10 años.

La dirigencia sindical nacional y organizaciones no gubernamentales nacionales e internacionales lo consideran un preso político. La Organización Internacional del Trabajo (OIT), a través de su Comité de Libertad Sindical, solicitó recientemente la liberación del secretario general de Sintraferrominera, por considerar que su prisión tiene un efecto perjudicial y disuasorio para el ejercicio de las libertades sindicales.

Con información de María Ramírez Cabello y Suhelis Tejero Puntes