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03 julio 2009

NUEVAMENTE SOBRE LA VIOLACIÓN DEL DERECHO DE ASCENDER EN EL PODER JUDICIAL

Mérida (CDS) Se alega recorte presupuestario, sin embargo 15 nuevos abogados relatores entran a laborar en el poder judicial merideño.

Aunque la Dirección Ejecutiva de la Magistratura alega un recorte presupuestario del 6 % y por ende existe dentro del organismo una serie de situaciones las cuales perjudican el normal desenvolvimiento de las actividades jurisdiccionales como la falta de insumos propios para su normal desarrollo, entiéndase tóner y tinta para las impresoras y papel para imprimir autos, boletas y sentencias, pareciera que con relación al nombramiento de personal este recorte presupuestario no ha tenido ningún tipo de efecto.

Dentro muy poco, en el poder judicial merideño se nombrará un nuevo número de abogados relatores para laborar en el Circuito Judicial Penal del Estado Mérida. El número total quince (15). En este sentido, es menester llamar la atención de alguien dentro del poder judicial, aunque sabemos que este tipo de denuncias que hacemos se las lleva el viento y nadie ni siquiera se le ocurre revisar o investigar para constatar la veracidad o no de los hechos denunciados; es nuestro deber como sindicato serio al servicio de los trabajadores judiciales de Venezuela elevar nuestra voz de protesta sobre algunos hechos irregulares y de violación al Contrato Colectivo vigente.

Recordemos que el SUONTRAJ ha mantenido un reclamo al órgano administrativo del poder judicial por concepto de aumento salarial pagado por adelantado; que luego en fecha 17/12/2008, fuese convertido el 80% de esa cantidad en “Gratificación o Bono sin incidencia salarial, perjudicando con su proceder el poder adquisitivo del 88,46 % de los trabajadores judiciales y administrativos y desapareció las incidencias del 30% de aumento de los aguinaldos convencionales, de los 132 días adicionales, prima de mérito, prima de profesionalización, prima de transporte, prima por desfase bonos vacacionales, prestaciones sociales y fideicomiso. Además de no haber explicado aún a los trabajadores los conceptos cancelados durante el año 2008 porque se niegan a cumplir con los principios de eficacia y transparencia que debería tener toda administración seria y de haber anunciado un recorte presupuestario también estas acciones se acompañan de incumplimiento activo y efectivo de la actual convención colectiva de empleados.

Ahora bien, se hace necesario señalar que con relación a la violación sistemática de la convención colectiva de empleados vigente ahora se suma la vulneración de las cláusulas 16, 17 y 18. Sobre este particular se hace necesario señalar que en diversos cargos en dependencias del poder judicial se encuentran destacados un ingente número de abogados egresados de las Universidades del país que aspiran poner al servicio del poder judicial sus herramientas aprendidas en las aulas de clase conjugadas con su vasta experiencia dentro del poder judicial. Es un derecho emanado de la convención colectiva que se cumpla con preeminencia el contenido de la cláusula 6: INGRESO DE PERSONAL  que a la letra señala que el ingreso de personal “Se hará en base a las siguientes reglas: 1.- La igualdad y mérito en el ingreso, permanencia y ascenso en el Organismo se garantizará mediante los procedimientos de concursos por oposición, incluidos en el Reglamento para el Ingreso de Personal (…)” sin embargo, en este nuestro poder judicial esto es letra muerta. En efecto, existe un número significativo de trabajadores que hacen un esfuerzo para estudiar en las diferentes alternativas de educación superior sin que se la tome o se les haya tomado en el pasado en cuenta. Como hemos señalado anteriormente aquellos que tienen capacidad de postular son quienes se aprovechan de estas situaciones para poner a trabajar a sus familiares más cercanos.

Para ser meridianamente claros: mientras se pierde el recurso humano que significa tener un gran número de abogados en cargos de Asistentes de Tribunal, Archivistas Judiciales y otros; ya que los mismos son un recurso sub-utilizado que podría aprovecharse de mejor manera dentro de la institución por los conocimientos que ellos pueden aportar para el mejoramiento de la calidad y excelencia del servicio público a prestar de conformidad con al artículo 26 constitucional; simplemente este recurso se pierde y se desvanece en aprovechar de manera clara para contratar recursos externos de la institución que la mayoría de las veces son familiares de quienes pueden postular como ya lo hemos señalado. No queremos imaginar que esto sea tráfico de influencia, nepotismo y/o oportunismo sino más bien pareciera ser “necesidad familiar”. Nos da tristeza como el patrono se diluye dando mil explicaciones de las razones por las cuales postulan a sus familiares, señalando que los jueces no postulan al personal que tienen como abogados y que por tal razón se ubica personal externo a la Institución; que les da mucho pesar que nosotros señalemos y digamos lo que sucede en espacios del poder judicial, tratando de acallar nuestra voz que se levanta ante tanta injusticia administrativa interna. No entendemos como es que el Órgano administrativo del poder judicial en Venezuela (DEM) siendo el ente empleador y presumimos que en sus archivos reposan los expedientes de los empleados y conocen además de que existen muchos abogados sub-utilizados no se le da estricto cumplimiento al INGRESO DE PERSONAL, PERMANENCIA y ASCENSOS de conformidad con la cláusula 6 de la convención colectiva y de conformidad con los artículos 18, 21 y 22 del Estatuto de Personal Judicial. 

Los abogados destacados en la diferentes dependencias del poder judicial merideño, se graduaron para poner al servicio precisamente del Estado a través del poder judicial las herramientas adquiridas en la Universidad, pero nada más alejado de la realidad que esto ocurra porque no son tomados en cuenta y ni siquiera se les cancela la prima de profesionalización. Aquí nos detenemos y vemos que los principios socialistas no se aplican dentro de la administración de justicia venezolana sino que más bien son relegados y hasta burlados se ven los abogados al servicio del organismo al observar como se contratan los servicios de abogados externos que sin cumplir los requisitos que se establecen en el Estatuto de Personal Judicial y en la Convención Colectiva entran a laborar. Entiéndase que nada tenemos en contra de estos abogados que ahora mismo entran al poder judicial a laborar, bienvenidos sean, criticamos la actitud indolente del patrono que dice que el poder judicial es una gran familia, pero que lo que hace es todo lo contrario a lo que predica, dice el refrán popular “luz de la calle y oscuridad de la casa”, así es este patrono. Pero recuerden señores de la DEM que el que “le pega a su familia se arruina”.

Lastimosamente graduarse de abogado dentro del poder judicial no sirve de nada. Por nadie es reconocido tal mérito más bien lo que se hace es atacar a los trabajadores en sus justos reclamos.

En fin, como ya hemos señalado en reiteradas oportunidades y ojalá nos equivocáramos en nuestra apreciación de creer que nadie investigará esta situación, la convención colectiva nunca antes había sido tan vulnerada como en la gestión actual. Nunca antes se habían cometido tantos desafueros por administración alguna: violación a todo tipo de derechos laborales. En este caso el derecho establecido en la Convención Colectiva de ASCENDER. ¿Donde estará el SOCIALISMO en el poder judicial?