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15 junio 2009

VIOLACIÓN A LA CONVENCIÓN COLECTIVA: SE NIEGAN PROMOCIONES, ASCENSOS, SUPLENCIAS y LA PRELACIÓN DE PROVISIÓN DE CARGOS VACANTES ES LETRA MUERTA

Mérida (CDS) Se alega recorte presupuestario, sin embargo 25 nuevos trabajadores entran a laborar en el poder judicial merideño

Aunque la Dirección Ejecutiva de la Magistratura alega un recorte presupuestario del 6 % y por ende existe dentro del organismo una serie de situaciones las cuales perjudican el normal desenvolvimiento de las actividades jurisdiccionales como la falta de insumos propios para su normal desarrollo; pareciera que con relación al nombramiento de personal este recorte presupuestario no ha tenido ningún tipo de efecto.

Hace muy poco, en el poder judicial merideño ha sido nombrado un ingente número de abogados asistentes. El número total veinticinco (25). En este sentido, es menester llamar la atención de alguien dentro del poder judicial, aunque sabemos que este tipo de denuncias que hacemos se las lleva el viento y nadie ni siquiera se le ocurre revisar o investigar para constatar la veracidad de los hechos denunciados; es nuestro deber como sindicato serio al servicio de los trabajadores judiciales de Venezuela elevar nuestra voz de protesta sobre algunos hechos irregulares y de violación al Contrato Colectivo vigente. Cabe entonces hacer ciertas consideraciones a este hecho particular. Recordemos que el SUONTRAJ mantiene el reclamo al órgano administrativo del poder judicial por concepto de aumento salarial pagado por adelantado; que luego en fecha 17/12/2008, fuese convertido el 80% de esa cantidad en “Gratificación o Bono sin incidencia salarial, perjudicando con su proceder el poder adquisitivo del 88,46 % de los trabajadores judiciales y administrativos y desapareció las incidencias del 30% de aumento de los aguinaldos convencionales, de los 132 días adicionales, prima de mérito, prima de profesionalización, prima de transporte, prima por desfase bonos vacacionales, prestaciones sociales y fideicomiso. Además de no haber explicado aún a los trabajadores los conceptos cancelados durante el año 2008 porque se niegan a cumplir con los principios de eficacia y transparencia que debería tener toda administración seria y de haber anunciado un recorte presupuestario también estas acciones se acompañan de incumplimiento activo y efectivo de la actual convención colectiva de empleados.

Ahora bien, se hace necesario señalar que en cargos de Asistentes de Tribunal y Archivistas Judiciales se encuentra también un ingente número de abogados egresados de las Universidades del país que aspiran poner al servicio del poder judicial sus herramientas aprendidas en las aulas de clase conjugadas con su vasta experiencia dentro del poder judicial además de que en las cláusulas 16, 17 y 18 del actual contrato colectivo se establecen las PROMOCIONES, SUPLENCIAS y PRELACIÓN PARA PROVISIÓN DE CARGOS VACANTES.

Para ser meridianamente claros: mientras se pierde el recurso humano que significa tener un gran número de abogados en cargos de Asistentes de Tribunal y Archivistas Judiciales, ya que los mismos son un recurso sub-utilizado que podría aprovecharse de mejor manera dentro de la institución por los conocimiento que ellos pueden aportar para el mejoramiento de la calidad y excelencia del servicio público a prestar, simplemente se pierde y se desvanece en aprovechar de manera clara para contratar recursos externos de la institución que la mayoría de las veces son familiares de quienes pueden postular (con los recientes nombramientos han entrado a laborar familiares de jueces y directores de línea de la DAR-Mérida que en su debida oportunidad daremos a conocer). No queremos imaginar que esto sea tráfico de influencia, nepotismo y/o oportunismo sino más bien pareciera ser “necesidad familiar”.

Como sabemos las cláusulas 16, 17 y 18 de la vigente convención colectiva tiene que ver con los famosos ascensos de los cuales los abogados merideños al servicio del poder judicial en cargos de asistentes de tribunal y archivistas judiciales están ávidos, que les corresponde por derecho y que a cada rato solicitan no nada más al organismo, a su superior jerárquico correspondiente sino que se ha hecho un reclamo justificado al sindicato. Y es que resulta que graduarse de abogado dentro del poder judicial no sirve de nada. Por nadie es reconocido tal mérito y ni siquiera se les paga a estos empleados la prima de profesionalización de la cual son acreedores tal y como sucede en cualquier organismo del Estado.

En fin, como dijéramos anteriormente y ojalá nos equivocáramos en nuestra apreciación de creer que nadie investigará esta situación, la convención colectiva nunca antes había sido tan vulnerada como en la gestión actual. Nunca antes se habían cometido tantos desafueros por administración alguna: violación a todo tipo de derechos laborales. Más temprano que tarde reivindicaremos tanto vicio anquilosado. Amanecerá y veremos.