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06 septiembre 2007

BOLETÍN INFORMATIVO



SINDICATO UNITARIO ORGANIZADO NACIONAL DE
TRABAJADORESDE LA ADMINISTRACIÒN DE JUSTICIA
(SUONTRAJ)
COMITÈ DIRECTVO NACIONAL

Caracas, Septiembre de 2.007


EDITORIAL:

En estos tiempos de cambios profundos en Venezuela, necesario es que la clase trabajadora asuma su rol protagónico, que la Historia de las Luchas Sociales, le ha señalado. Por este motivo, desde el SUONTRAJ, hacemos un llamado aquellos trabajadores del Poder Judicial. Dirección Ejecutiva de la Magistratura, Defensa Pública e Inspectoría General de Tribunales, que aún no se encuentran afiliados al Sindicato, para que se sindicalicen lo más pronto posible; puesto que el derecho a la sindicación es un derecho humano, que los precursores del Movimiento Sindical en el Mundo “a sangre y fuego”, lograron en su oportunidad, y que hoy en día es recogido en Convenios Internacionales del Trabajo y en las diferentes legislaciones en el ámbito internacional. Trabajador y Trabajadora de la Administración de Justicia de Venezuela, el primer paso para protagonizar nuestras propias conquistas laborales es afiliándote al Sindicato, y el segundo es asumiendo una postura de defensa a toda costa de los derechos laborales y sobre todo de el DERECHO A LA ESTABILIDAD LABORAL.

PRESTACIONES SOCIALES Y FIDEICOMISO:

En reunión sostenida este miércoles, 05 de Septiembre de 2.007, la Dirección Ejecutiva de la Magistratura anunció lo siguiente.

1.- Entre el 24/09/2007 y 24/10/2007, se llevará a efecto el proceso de apertura de las Cuentas Individuales de Fideicomiso, en la entidad BANFOANDES, donde será abonado lo correspondiente a la prestación de antigüedad y los intereses causados desde el 19/06/1997 al 31/12/2005. Para este proceso los trabajadores contaran con el respectivo permiso por parte de sus superiores inmediatos.

2.- Los trabajadores, que así lo decidan podrán solicitar en la oportunidad que se determine para ello, los intereses causados o podrán solicitar que los mismos sean capitalizados, todo de conformidad con lo previsto en el artículo 108 de la Ley Orgánica del Trabajo

3.- En breve tiempo, la DEM, iniciará una campaña informativa, respecto al proceso de apertura de cuentas y al cronograma que se establezca a esos fines.

4.- En lo atinente al año 2006, se está a la espera que la Oficina Nacional de Presupuesto (ONAPRE) certifique los recursos por concepto de prestaciones sociales e intereses, y con relación al año 2007, ya le fue asignado en el presente ejercicio fiscal los dineros a la DEM, para honrar lo correspondiente a pasivos laborales.

INCREMENTO SALARIAL 2.007

La Dirección Ejecutiva de la Magistratura (DEM), informó que está semana, ya fue aprobado por el Presidente de la República en Consejo de Ministros, la Solicitud de Crédito Adicional, que fuera presentada por la DEM, en fecha 14/03/2007, reformulada en 25/04/2007, su publicación en Gaceta Oficial, podría darse de un momento a otro. Es importante resaltar, que de manera casi oficial, se ha sabido, que el aumento salarial, podría consistir en un 20% retroactivo desde el 01/05/2007; pero voceros calificados de la DEM, han reiterado que ello, es un escenario posible, pero que en todo caso dependerá del monto que en definitiva apruebe la comisión de Finanzas de la Asamblea Nacional, posiblemente en el transcurso de este mes de septiembre.

PAGO DE LA PRIMA DE EVALUACIÓN (2006-2007)

La División de Relaciones Laborales de la Dirección General de Recursos Humanos de la DEM, anunció que existen dos escenarios sobre el pago de la Prima de Mérito, que son los siguientes.

1.- Efectuar el pago el 15/09/2007 para los funcionarios adscritos a la DEM-Central y el 30/09/2007 al resto del personal del Poder Judicial y DARs.

2.- Efectuar el pago el 30/09/2007 tanto al personal de la DEM-Central, como al personal adscrito al Poder Judicial y DARs., que hayan entregado a tiempo todas las evaluaciones.

Es de suma importancia indicar que este pago consiste entre un 3% y un 5%, a partir del 01/04/2007, del sueldo básico del tabulador salarial al 01/04/2007.

Formula para el cálculo de la prima y retroactivo:

Prima de Mérito:

Sueldo Básico Mensual al 01/04/2007 (x) % asignado (sea 3%, 4% ó 5%) =Prima de Mérito Mensual.

Retroactivo de Prima de Mérito:

Prima de Merito Mensual (x) Quincenas vencidas desde el 01/04/2007.

ENTREGA DE UNIFORMES PARA EL PERSONAL JUDICIAL

La División de Relaciones Laborales de la DEM, informó que se estima que la mayoría de los proveedores para finales del mes octubre de 2007, hayan entregado los uniformes pendientes, por lo que una vez finalizado el control perceptivo, se podría iniciar la entrega parcial de los uniformes a todo el personal de la Defensa Pública y Circuitos Judiciales del país, conforme lo establece la Cláusula 26 de la Segunda Convención Colectiva de los Trabajadores del Poder Judicial.


PÓLIZA DE HOSPITALIZACIÓN, CIRUGÍA Y MATERNIDAD PRIVADA CONTRATADA CON UNISEGUROS, S. A.

La Empresa Aseguradora, sigue presentado fallas, para el otorgamiento de las CLAVES DE EMERGENCIAS en la Red de Clínicas “afiliadas” a esa Aseguradora en el ámbito nacional, pero hemos recibidos denuncias reciente de los estados Táchira, Bolívar, Miranda (Guarenas-Guatire) y Anzoátegui. Por lo que el SUONTRAJ exige que UNISEGUROS, S. A., resuelva esa GRAVE PROBLEMÁTICA DE INMEDIATO.

Asimismo, el SUONTRAJ exige a la Dirección Ejecutiva de la Magistratura, que obligue a esa empresa a prestar un EXCELENTE SERVICIO DE SALUD, puesto que se trata de una Póliza de H. C. M a Riesgo.

El SUONTRAJ, en el ejercicio del derecho constitucional a la Contraloría Social, seguirá vigilante del Servicio de salud que presta esta Aseguradora, a los trabajadores de la DEM y Poder Judicial.


SITUACIÓN DEL PROYECTO DE LA III LA CONVENCIÓN COLECTIVA

Con fecha 08 de Junio de 2.007, el SUONTRAJ y las demás Organizaciones Sindicales con derecho a discutir el Proyecto de la III Convención Colectiva de Trabajo del Poder Judicial, presentaron por ante la Dirección de Inspectoría Nacional del Trabajo y otros Asuntos Colectivos Sector Público del Ministerio del Poder Popular del Trabajo y La Seguridad Social; y no obstante las diligencias efectuadas por ante ese Despacho del Trabajo, a los fines de impulsar el procedimiento de negociación colectiva, no se ha remitido el mencionado Proyecto al Ministerio del Poder Popular Para la Planificación y Desarrollo, para la elaboración del Estudio Económico y Costos conforme lo previsto en la ley Orgánica del Trabajo y su Reglamento. Solicitamos, a la Dirección de Inspectoría Nacional del Trabajo y otros Asuntos Colectivos Sector Público, que con la URGENCIA remita el proyecto presentado para el cálculo de costos del mismo.