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11 junio 2006

INAMOVILIDAD LABORAL EXTENDIDA

El Gobierno Nacional decretó la prórroga de la inamovilidad laboral por seis meses más. El decreto número 3.957 establece este período entre el 1 de octubre de 2005, hasta el 31 de marzo del 2006. Según el Ministro del Trabajo, Ricardo Dorado, la medida, además de evitar despidos, también establece que los trabajadores no podrán ser desmejorados ni trasladados sin causa alguna. Sin embargo, no se desestima la posibilidad de acuerdos entre patronos y trabajadores en caso de reducción de personal, siguiendo el procedimiento de negociación colectiva voluntaria. Este beneficio ampara a los trabajadores del Poder Judicial pues el patrono reconoció la Inamovilidad Laboral en la cláusula 49 del Contrato Colectivo 2005-2007. Esto es que reconoce el fuero sindical establecido en la Ley Orgánica del Trabajo, Arts. 449 al 458 de esa Ley. Compañero, defiende y protege tus derechos, no te dejes engatusar ni engañar. Hagamos todos que el patrono cumpla con el C.C.

PRENSA SUONTRAJ